Subvenciones a profesionales y empresas en materia de teatro y danza.

Código de ayuda:

S34273/06

Norma:

Orden de 6 de septiembre de 2006. Orden de 10 de abril de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/10/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto convocar subvenciones a profesionales y empresas en materia de
teatro y danza para la realización de coproducciones y producciones de montajes teatrales y de danza, así
como para la realización de giras y participación en festivales de relevancia fuera de la Región de Murcia, todo ello conforme a la Orden de 10 de abril de 2006 de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se establecen las bases reguladoras del procedimiento de concesión y justificación de subvenciones en el ámbito de la Dirección General de Cultura (BORM n.º 95, de 26 de abril).

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Cultura, Juventud y Deportes (Región de Murcia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Empresas privadas cuya actividad fundamental sea la realización de actividades teatrales y de danza,
así como los grupos de teatro o danza profesionales, con domicilio fiscal en la Región de Murcia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Son gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la
actividad o proyecto subvencionado, se realicen en el plazo de ejecución establecido por esta convocatoria,
y se paguen con anterioridad a la finalización del plazo de justificación. Asimismo, siguiendo la Orden de
10 de abril de 2006, y a efectos de esta convocatoria son:

a) Gastos elegibles:
- Aquellos necesarios para la debida publicidad y difusión de la actividad (folletos informativos, carteles libros, etc…), cuñas publicitarias.
- Alquileres de equipos, películas sonido, iluminación.
- Compra de suministros de material fungible.
- Dietas, alojamiento y desplazamiento de participantes en las actividades.
- Demás gastos corrientes necesarios para la realización de las actividades.

Requisitos:

a) Tener personalidad natural y capacidad de obrar, o personalidad jurídica en los términos de los artículos
29 y 35 del Libro I del Código Civil.
b) No tener deudas tributarias en período ejecutivo, ante esta Administración Autonómica, salvo que
estuvieren garantizadas o suspendido el procedimiento.
c) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración Estatal.
d) Estar al corriente de las obligaciones frente a la Seguridad Social.
e) No estar incurso en ninguna de las causas que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones como impedimento para poder obtener subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 26/04/2006
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 95
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 19/09/2006
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 217
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento