Subvenciones a personas que, en situación de drogodependencia, precisen iniciar un programa de tratamiento en centros acreditados no dependientes del Principado de Asturias.
Código de ayuda:
S06664/05Norma:
Resolución de 14 de febrero de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 28/11/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de subvenciones a personas que en situación de drogodependencia y con escasez de recursos económicos precisen asistencia en un centro de tratamiento de drogodependencias acreditado, no dependiente de la Administración del Principado de Asturias, a lo largo del año 2005.Categorías Subvención
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Salud y Servicios Sanitarios (Principado de Asturias)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas que cumplan los siguientes requisitos:1. Que la solicitud de la ayuda sea formulada expresamente por el propio interesado/a.
2. Que el/la solicitante esté empadronado en Asturias, al menos desde hace un año.
3. Que, tras valoración por parte de los Servicios de Salud Mental del Principado de Asturias, se considere que la persona que solicita la ayuda precise iniciar un programa terapéutico específico dirigido a paliar los problemas derivados de su drogodependencia. Este informe será remitido al Unidad de Coordinación del Plan sobre Drogas para su posterior tramitación.
4. Que los ingresos económicos del solicitante no hagan posible hacer frente al pago total del coste del programa terapéutico recomendado.
5. Que el solicitante no perciba ayuda de otros organismos para atender en su totalidad la necesidad que motiva la ayuda.
6. Que, durante los seis meses anteriores a la fecha de presentación de esta solicitud, el solicitante no haya finalizado o abandonado un programa terapéutico subvencionado por esta Consejería idéntico al que motiva la presente solicitud de ayuda.
7. Que, tanto la solicitud de ayuda como la documentación requerida deberán ser presentadas necesariamente antes del ingreso que se efectúe en cualquiera de los centros de tratamiento debidamente acreditados para la atención de personas drogodependientes.
8. Que la valoración del centro donde se efectuará el ingreso, y posterior derivación al mismo, se realizará en la Unidad de Coordinación del Plan sobre Drogas.
9. Que los solicitantes se comprometan a realizar una desintoxicación en cualquiera de los dispositivos de la red de Salud Mental de Asturias, previamente al ingreso en el programa terapéutico, cuando sea prescrita por el centro de salud mental correspondiente.
Documentos asociados
Boletín:
17/02/2005
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 39
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 39
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento