Subvenciones a personas fisicas y asociaciones sin animo de lucro para el desarrollo de programas culturales.

Código de ayuda:

S63619/07

Norma:

Orden de 17 de septiembre de 2007.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/10/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar subvenciones a personas físicas y asociaciones sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo de actividades y proyectos culturales en los ámbitos de música, danza, folklore, teatro, cine y otros de interés.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Cultura, Juventud y Deportes (Región de Murcia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas y asociaciones sin ánimo de lucro residentes en la Región de Murcia que desarrollen o pretendan desarrollar, dentro del presente año, actividades y proyectos de promoción cultural.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad o proyecto subvencionado, y se realicen en el plazo de ejecución establecido por esta convocatoria, y se paguen con anterioridad a la finalización del plazo de justificación.

Gastos admitidos:

- Aquellos necesarios para la debida publicidad y difusión de la actividad (folletos informativos, carteles, libros, cuñas publicitarias, etc…).

- Contratación de actuaciones de música, danza, teatro, cine, folklore, etc …

- Personal necesario para la realización de actividades.

- Alquileres de equipos, películas, sonido, iluminación.

- Premios.

- Ediciones de libros o musicales, C/D, publicaciones.

- Compra de suministros de material fungible y no inventariable.

- Dietas, alojamiento y desplazamiento de invitados y participantes en las actividades.

- Demás gastos corrientes necesarios para la realización de las actividades.

Requisitos:

a) Tener personalidad física y capacidad de obrar, o personalidad jurídica en los términos de los artículos 29 y 35 del Libro I del Código Civil.

b) No tener obligaciones tributarias en período ejecutivo, ante esta Administración Pública de la Comunidad
Autónoma de la Región de Murcia, salvo que estén suspendidas o garantizadas.

c) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración Estatal.

d) Estar al corriente de las obligaciones frente a la Seguridad Social.

e) No estar incurso en ninguna de las causas que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones como impedimento para poder obtener subvenciones.

Dichos requisitos deberán mantenerse a lo largo de todo el proceso de concesión y ejecución de las subvenciones de referencia.

Documentos asociados

Boletín: 02/10/2007
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 228
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento