Subvenciones a personas físicas para la mejora de la seguridad de determinados parques de vehículos automóviles y la reducción de sus emisiones contaminantes a través de la renovación e incentivación de la compra de vehículos que cumplan y mejoren determinados parámetros ambientales.

Código de ayuda:

S14546/26

Norma:

Orden CIE/1/2026, de 18 de mayo de 2026

Plazo de Solicitud:

A establecer en su respectiva convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvenciones a personas físicas para la mejora de la seguridad de determinados parques de vehículos automóviles y la reducción de sus emisiones contaminantes a través de la renovación e incentivación de la compra de vehículos que cumplan y mejoren determinados parámetros de seguridad y ambientales, previstas en el Plan Estratégico de Subvenciones para el período 2025-2027.

Categorías Subvención

  • Transporte

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Conserjería de Ciencia, Industria y Empleo (Principado de Asturias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas que desarrollen actividades económicas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Turismos M1: Vehículos de las categorías denominadas M1 (Vehículos de motor con al menos cuatro ruedas
diseñados y fabricados para el transporte de pasajeros, que tengan, además del asiento del conductor, ocho
plazas como máximo).

b) Furgonetas o camiones ligeros N1: Vehículos de motor concebidos y fabricados principalmente para el transporte de mercancías y cuya masa máxima en carga técnicamente admisible (MMTA) no supere las 3,5 toneladas.

Requisitos:

a. Estar dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria.

b. Estar empadronados en uno de los concejos del Principado de Asturias por un plazo igual o superior a 12
meses anteriores a la fecha de la solicitud.

c. Quienes no ostenten la nacionalidad española o la condición de nacional de los estados miembros de la
Unión Europea, además, habrán de tener el permiso de residencia en vigor.

Documentos asociados

Boletín: 26/05/2026
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 99
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento