Subvenciones a personas fisicas o juridicas, publicas o privadas, sin animo de lucro para el desarrollo de actividades y proyectos de interes educativo o cultural que redunden en beneficio de los habitantes de Ceuta durante el año 2008.

Código de ayuda:

S08864/08

Norma:

Ciudad de Ceuta.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 08/03/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente convocatoria se realiza en régimen de concurrencia competitiva y tiene por objeto fijar los criterios y procedimiento para la concesión de subvenciones a personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sin ánimo de lucro, para el desarrollo de actividades y proyectos de interés educativo o
cultural que redunden en beneficio de los habitantes de Ceuta durante el año 2008.

Estas subvenciones tendrán carácter voluntario y eventual, no pudiéndose invocar como precedente ni siendo exigible su concesión, aumento o revisión en ulteriores ejercicios.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Ceuta

Convoca:

Gobierno de Ceuta (Ceuta)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las subvenciones a otorgar por un máximo de 100.000,00 E. se financiarán con cargo a las partidas presupuestarias 489.00.422.0.012.09 –Subvenciones Consejería Educación- y 489.00.451.0.012.09 –Subvenciones Consejería Cultura- números de operación 2008 0000 4169 y 2008 0000 4170, siendo su importe máximo del 75% del presupuesto de ejecución de la actividad para la que se solicita la subvención,
especificando si se trata de un proyecto de carácter educativo o cultural.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de la subvención las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas de Ceuta, sin ánimo de lucro, cuya actividad tenga por objeto el señalado en la Base Primera, y que tengan previsto llevar a cabo alguna actividad o proyecto de interés educativo o cultural que redunde en beneficio de los habitantes de Ceuta durante el año 2008 cuyo presupuesto exceda de 300,00 € que deberán presentar el impreso que figura como Anexo I.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las subvenciones irán encaminadas a:

- Dotar a las personas físicas y jurídicas de medios económicos para realizar actividades culturales que redunden en beneficio de los habitantes de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
- Coadyuvar a los gastos de organización y gestión de actividades culturales o educativas.
- Promocionar el asociacionismo cultural.
- Fomentar la realización de actividades culturales en el sector privado para satisfacer los intereses de la población ceutí.

Se consideran gastos subvencionables aquellos necesarios para la adecuada ejecución de la actividad subvencionada y que hayan tenido lugar con anterioridad a la finalización del período de justificación.
Los gastos financieros, los de asesoría jurídica y financiera, los notariales y registrales y los gastos de realizaciónde proyectos técnicos son subvencionables si están directamente relacionados con la actividad subvencionada y son indispensables para la correcta ejecución de la misma.
En ningún caso serán subvencionables los intereses deudores de las cuentas bancarias, los intereses, recargos y sanciones administrativas y demás gastos judiciales.

Documentos asociados

Boletín: 08/02/2008
BOCCE Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta- Nº 4711
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento