Subvenciones a otorgar por la Consejeria de Salud y Politica Social en materia de servicios sociales especializados.

Código de ayuda:

S41555/13

Norma:

DECRETO 210/2013, de 5 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente Convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, a otorgar por la Consejería competente en materia de política social, en materia de atención a personas mayores, con discapacidad, en situación de dependencia, con trastorno mental grave y con deterioro cognitivo.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Salud y Política Sociosanitaria (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El porcentaje máximo de los gastos susceptible de ser subvencionado y/o la cuantía máxima
subvencionable por perceptor serán los establecidos en cada uno de los Capítulos, entendiéndose
que de no indicarse porcentaje alguno se entenderá que la subvención podrá alcanzar hasta el 100 %, del coste total de los programas y actividades subvencionables.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las entidades públicas y privadas sin fin de lucro que deberán estar inscritas en el Registro
Unificado de Entidades y Centros de Servicios Sociales de Extremadura.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Actividades, programas y servicios de atención a personas mayores realizados por entidades
locales y entidades privadas sin fin de lucro.

b) Prestación de servicios, mantenimiento y creación de plazas y desarrollo de programas por entidades públicas y privadas sin fin de lucro que presten servicios sociales especializados
a personas con discapacidad.

c) Programas de apoyo a las familias de personas con discapacidad para la atención, el cuidado
y la ocupación del tiempo libre.

d) Adquisición, construcción, reforma, rehabilitación y equipamiento de centros y servicios
de atención a personas con discapacidad.

e) Ayudas individuales dirigidas a personas con discapacidad.

f) Adquisición de productos de apoyo dirigidos a las personas que tengan reconocida la situación de dependencia.

g) Programas de atención a personas con trastorno mental grave.

h) Programas de atención a personas con deterioro cognitivo.

Documentos asociados

Boletín: 11/11/2013
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 217
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento