Subvenciones a otorgar por la Consejeria de Salud y Politica Social, en materia de politica social y familia.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S18582/12

Norma:

DECRETO 86/2012, de 18 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/06/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a otorgar por la Consejería de Salud y Política Social en materia de política social y familia.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Salud y Política Sociosanitaria (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El porcentaje máximo de los gastos susceptible de ser subvencionado y/o la cuantía máxima subvencionable por perceptor, será establecido en cada uno de los Títulos de la presente norma, entendiéndose, de no indicarse porcentaje alguno, que la subvención podrá alcanzar hasta el 100% del coste total de los programas y actividades subvencionables.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas y/o las entidades públicas o privadas en las que concurran las circunstancias exigidas
en cada una de las líneas de subvención.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La concesión de subvenciones a otorgar por la Consejería de Salud y Política Social en materia de política social y familia.

- AYUDAS PARA LA FINANCIACIÓN DE PROGRAMAS DE INTERVENCIÓN SOCIAL DIRIGIDOS A MINORÍAS ÉTNICAS.

- AYUDAS PARA LA FINANCIACIÓN DE PROGRAMAS DE ACTUACIÓN INTEGRAL EN ZONAS DE ATENCIÓN ESPECIAL.

- AYUDAS PARA LA FINANCIACIÓN DE PLANES DE ACCIÓN DE ACOGIDA E INTEGRACIÓN SOCIAL DE LAS PERSONAS INMIGRANTES EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA.

- PROGRAMAS DE ACTUACIÓN A FAVOR DE LAS COMUNIDADES EXTREMEÑAS EN EL EXTERIOR.

- AYUDAS PARA FACILITAR EL RETORNO A EXTREMADURA DE LOS EXTREMEÑOS EN EL EXTERIOR Y SUS FAMILIAS.

- AYUDAS A LAS FAMILIAS RESIDENTES EN EXTREMADURA, COMO MEDIDA DE CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR Y LABORAL Y FOMENTO DE LA NATALIDAD.

- AYUDAS PARA LA FINANCIACIÓN DE PROGRAMAS DE INCLUSIÓN SOCIAL PARA COLECTIVOS EXCLUIDOS O EN RIESGO DE EXCLUSIÓN SOCIAL.

- AYUDAS EN MATERIA DE ACOGIMIENTO FAMILIAR.

- AYUDAS PARA LA INCORPORACIÓN SOCIAL Y LABORAL DE JÓVENES QUE PERTENECEN O HAN PERTENECIDO AL SISTEMA DE PROTECCIÓN DE MENORES DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y QUE PRESENTAN ESPECIALES DIFICULTADES PARA EL ACCESO AL MERCADO LABORAL.

- AYUDAS PARA LA PREVENCIÓN DE SITUACIONES DE DESPROTECCIÓN Y EL APOYO A LA REINTEGRACIÓN FAMILIAR.

Requisitos:

1. Los beneficiarios de las subvenciones y ayudas establecidas en el presente decreto deberán reunir los requisitos específicos determinados para cada una de las modalidades de subvención.

2. Los beneficiarios de las subvenciones deberán acreditar que no se hallan incursos en ninguna de las circunstancias recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impiden obtener la condición de beneficiario. Para ello, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 7 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, adjuntarán a su solicitud una declaración responsable dirigida al órgano encargado de resolver la concesión de las subvenciones o, en su caso, cumplimentarán el apartado correspondiente en el modelo de solicitud de la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 24/05/2012
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 99
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento