Subvenciones a otorgar por la Consejeria de Salud y Politica Social, en materia de planificacion, formacion y calidad sanitaria.- Convocatoria 2012.- Modificación.

Código de ayuda:

S53946/11

Norma:

DECRETO 305/2011, de 23 de diciembre. DECRETO 51/2012, de 30 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Consultar según tipo de actuación.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a otorgar por la Consejería competente en materia de sanidad en el campo de la planificación, formación y calidad sanitaria.

Categorías Subvención

  • Calidad
  • Corporaciones Locales
  • Formación
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Salud y Política Sociosanitaria (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El porcentaje máximo de los gastos susceptible de ser subvencionado y/o la cuantía subvencionable por perceptor, serán establecidos en cada uno de los Capítulos de la presente norma, entendiéndose, de no indicarse porcentaje alguno, que la subvención podrá alcanzar hasta el 100% del coste total de los programas y actividades subvencionables.

Consultar según tipo de actuación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

a) Las personas mayores de edad.

b) Los profesionales, con vinculación laboral con el Servicio Extremeño de Salud o con la Consejería competente en materia de sanidad siempre que la actividad para la que se solicita la ayuda cumpla los requisitos establecidos en el artículo siguiente.

c)d) Los organismos, instituciones y demás entes públicos con razón social en la Comunidad Autónoma de Extremadura, cuya actividad guarde relación con el área social o sanitaria que se hallen legalmente constituidos, y no se encuentren inhabilitados para la obtención de subvenciones o para contratar con la Administración Pública.

e) Las Corporaciones Locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los programas y actividades que seguidamente se detallan:

a) Becas, acciones y actividades de investigación en las materias referidas en el artículo 1 del presente decreto.

b) Actividades formativas de profesionales del Sistema Sanitario Público de Extremadura.

c) Proyectos de investigación sociosanitaria.

d) Proyectos de mejora de la calidad sanitaria y sociosanitaria, de la seguridad de pacientes o de la responsabilidad social corporativa.

e) Construcción, reforma o equipamiento de centros o servicios sanitarios de titularidad pública municipal de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Requisitos:

Los beneficiarios de las subvenciones deberán acreditar que no se hallan incursas en ninguna de las circunstancias recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impiden obtener la condición de beneficiario. Para ello, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 8 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, adjuntarán a su solicitud una declaración responsable dirigida al órgano encargado de resolver la concesión de las subvenciones o, en su caso, cumplimentarán el apartado correspondiente en el
modelo de solicitud de la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 30/12/2011
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 249
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento
Boletín: 04/04/2012
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 66
Documento: Modificación Descargar Documento