Subvenciones a organizaciones sindicales y asociaciones empresariales, y otras instituciones y asociaciones sin animo de lucro que desarrollen proyectos y programas en salud laboral en el ambito de la Comunidad Foral de Navarra durante el año 2009 y se autoriza el gasto para la concesion de dichas subvenciones.

Código de ayuda:

S14837/09

Norma:

RESOLUCION 15/2009, de 12 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 23/03/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer el régimen de concesión de subvenciones a organizaciones sindicales y asociaciones
empresariales, y otras instituciones y asociaciones sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos y programas en salud laboral en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra durante el año 2009

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Formación
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Salud (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales, así como otras instituciones y asociaciones sin ánimo de lucro que desarrollen acciones o programas de salud laboral en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

Requisitos:

a) Ser persona jurídica, legalmente constituida e inscrita en alguno de los siguientes registros:

–Registro de Asociaciones Profesionales del Departamento de Innovación, Empresa y Empleo del Gobierno de Navarra.

–Registro de Asociaciones, dependiente del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior del Gobierno de Navarra.

–Cualesquiera otros registros que pudieran corresponder.

b) Carecer de fines de lucro.

c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos, o en su defecto, haber llegado a un acuerdo con las entidades citadas para el pago aplazado o fraccionado.

d) No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 02/03/2009
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 26
Documento: Convocatoria 2009 y Bases Descargar Documento