Subvenciones a municipios y mancomunidades de municipios para el desarrollo de programas innovadores a favor de la integración de inmigrantes.
Código de ayuda:
S52064/05Norma:
Orden TAS/3441/2005, de 2 de noviembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 19/11/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente Orden tiene por objeto el establecimiento de las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas a municipios y Mancomunidades para el fomento de la integración de los inmigrantes a través de la realización de programas innovadores que faciliten la inclusión social, prevengan situaciones de riesgo y promuevan la convivencia ciudadana en el entorno local, y la convocatoria de concesión, en régimen de concurrencia competitiva, en el año 2005.Categorías Subvención
Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ( España)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los municipios y mancomunidades de municipios que cumplan los requisitos que se establezcan.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Desarrollo intercultural a través de la promoción del conocimiento de las distintas culturas que conviven en el municipio.b) Acomodación de los procesos de gestión de los espacios públicos a las nuevas demandas de su uso.
c) Gestión de la diversidad en la prestación de los servicios municipales.
d) Conocimiento y modificación de hábitos laborales mediante procesos informativos de orientación y participación sociolaboral con la implicación de las organizaciones sociales, empresariales y sindicales del
municipio.
e) Promoción y facilitación del acceso de los inmigrantes a los servicios públicos municipales normalizados.
f) Promoción de integración de inmigrantes en el entorno rural.
g) Promoción de la participación ciudadana de cara a conseguir la rehabilitación del entorno local.
h) Sensibilización del conjunto de la sociedad para prevenir la discriminación, el racismo y la xenofobia. en el acceso a bienes y servicios.
i) Prevención de conductas grupales antisociales, racistas y xenófobas vinculadas a bandas juveniles, sectas, etc.
j) Conciliación de la vida familiar y laboral.
Requisitos:
- El número de personas empadronadas en el municipio o en los municipios integrados en la mancomunidad deberá ser igual o superior a 5.000.- El porcentaje de extranjeros no comunitarios empadronados en el municipio o en los municipios integrados en la mancomunidad deberá ser igual o superior al 5,5 % del total del padrón.
A los efectos de cumplir con los requisitos establecidos en el apartado anterior se tendrán en cuenta para la determinación del número de personas empadronadas y del porcentaje de extranjeros no comunitarios los datos oficiales del INE a 1 de enero de 2004.
Documentos asociados
Boletín:
04/11/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 264
Documento: Bases, Convocatoria y Anexos Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 264
Documento: Bases, Convocatoria y Anexos Descargar Documento