Subvenciones a municipios aragoneses para la construcción de viviendas públicas de alquiler, o rehabilitación de edificaciones para el mismo fin.

Código de ayuda:

S23828/25

Norma:

ORDEN FOM/887/2025, de 24 de julio. ORDEN FOM/578/2024, de 30 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 19 de septiembre de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente convocatoria tiene por objeto iniciar el procedimiento de concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones a municipios aragoneses para la asistencia en la financiación de promociones para la construcción de viviendas públicas de alquiler, de nueva planta o en procedimientos
de rehabilitación integral de edificaciones preexistentes.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

DEPARTAMENTO DE FOMENTO, VIVIENDA, LOGÍSTICA Y COHESIÓN TERRITORIAL (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía individualizada de la subvención no podrá superar el importe de la actividad subvencionada, y estará sometida a los siguientes límites:

a) En los municipios (o núcleos dependientes de municipios de más de 3.000 habitantes) que cuenten con una población inferior a 500 habitantes, 60.000 euros por vivienda.

b) En los municipios (o núcleos dependientes de municipios de más de 3.000 habitantes) que cuenten con una población entre 500 habitantes y 1.000 habitantes, 55.000 euros por vivienda.

c) En los municipios que cuenten con una población entre 1.000 habitantes y 3.000 habitantes, 50.000 euros por vivienda.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Podrán resultar beneficiarios de las subvenciones que se convocan los municipios aragoneses, definidos según lo dispuesto en el artículo 3 de las bases reguladoras que rigen la presente convocatoria, y que aporten a la promoción de viviendas, objeto de ésta, suelo apto para su construcción o edificación preexistente para su rehabilitación integral, que deberá ser titularidad de la entidad solicitante y estar clasificado como suelo urbano consolidado, o reunir los requisitos exigibles para ello, caso de no contar con instrumento urbanístico propio.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Tendrán la consideración de subvencionables las promociones para ejecución de obra de construcción o rehabilitación integral de viviendas, incluyendo la fase de redacción de proyectos, así como el pago de honorarios técnicos de dirección de obra, incluidos los correspondientes a seguridad y salud.

Documentos asociados

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