Subvenciones a municipios aragoneses para la construcción de viviendas públicas de alquiler, o rehabilitación de edificaciones para el mismo fin.
Código de ayuda:
S23828/25Norma:
ORDEN FOM/887/2025, de 24 de julio. ORDEN FOM/578/2024, de 30 de mayo.Plazo de Solicitud:
Hasta el 19 de septiembre de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente convocatoria tiene por objeto iniciar el procedimiento de concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones a municipios aragoneses para la asistencia en la financiación de promociones para la construcción de viviendas públicas de alquiler, de nueva planta o en procedimientosde rehabilitación integral de edificaciones preexistentes.
Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor

Convoca:
DEPARTAMENTO DE FOMENTO, VIVIENDA, LOGÍSTICA Y COHESIÓN TERRITORIAL (Aragón)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía individualizada de la subvención no podrá superar el importe de la actividad subvencionada, y estará sometida a los siguientes límites:a) En los municipios (o núcleos dependientes de municipios de más de 3.000 habitantes) que cuenten con una población inferior a 500 habitantes, 60.000 euros por vivienda.
b) En los municipios (o núcleos dependientes de municipios de más de 3.000 habitantes) que cuenten con una población entre 500 habitantes y 1.000 habitantes, 55.000 euros por vivienda.
c) En los municipios que cuenten con una población entre 1.000 habitantes y 3.000 habitantes, 50.000 euros por vivienda.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
Detalle beneficiarios:
Podrán resultar beneficiarios de las subvenciones que se convocan los municipios aragoneses, definidos según lo dispuesto en el artículo 3 de las bases reguladoras que rigen la presente convocatoria, y que aporten a la promoción de viviendas, objeto de ésta, suelo apto para su construcción o edificación preexistente para su rehabilitación integral, que deberá ser titularidad de la entidad solicitante y estar clasificado como suelo urbano consolidado, o reunir los requisitos exigibles para ello, caso de no contar con instrumento urbanístico propio.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Tendrán la consideración de subvencionables las promociones para ejecución de obra de construcción o rehabilitación integral de viviendas, incluyendo la fase de redacción de proyectos, así como el pago de honorarios técnicos de dirección de obra, incluidos los correspondientes a seguridad y salud.Documentos asociados
Boletín:
10/06/2024
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 111
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 111
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
28/07/2025
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 143
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 143
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
Boletín:
28/07/2025
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 143
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 143
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento