Subvenciones a municipios afectados por despoblamiento o por tasas de desempleo especialmente elevadas, para la contratación de personas desempleadas para la ejecución de proyectos de interés general o social.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S54637/17

Norma:

Decreto 81/2017, de 7 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 24 de noviembre de 2017.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 5.256

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El presente decreto tiene por objeto regular, en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha, la concesión directa de subvenciones a municipios que dispongan de población inferior a los 2.000 habitantes y se encuentren incluidos en zonas ITI, así como a municipios que estén afectados por tasas de desempleo especialmente elevadas, para la contratación de personas desempleadas para la ejecución de proyectos de interés general o social.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Economía, Empresas y Empleo (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención a percibir por las entidades beneficiarias vendrá determinada por la aplicación de un importe de 5.256 euros a cada contrato subvencionable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en este decreto las siguientes entidades:

a) Municipios de Castilla-La Mancha que dispongan de población inferior a los 2.000 habitantes y que se encuentren incluidos en el anexo del Decreto 31/2017, de 25 de abril.

b) Municipios de Castilla-La Mancha afectados por tasas de desempleo especialmente elevadas, entendiendo como tales los municipios cuyo porcentaje de personas desempleadas registradas en promedio del año 2016, sobre el total de la población en edad de trabajar, sea igual o superior al 20% y que el total de personas desempleadas de su población supongan al menos el 5% del total del número de personas desempleadas en la provincia correspondiente.

Requisitos:

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones públicas.

b) No estar incursa la persona física, los administradores o aquéllos que ostenten la representación legal de las personas jurídicas beneficiarias, en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que contempla la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha o en aquellos regulados en la legislación electoral de aplicación.

c) No encontrarse incursas en ninguna de las otras circunstancias que determina el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

d) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales, conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

e) No haber sido sancionadas, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por la comisión de infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales en el año anterior a la solicitud.

Documentos asociados

Boletín: 10/11/2017
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 218
Documento: Bases, Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento