Subvenciones a los proyectos dinamizadores de las áreas rurales de Galicia para el período 2006-2007.

Código de ayuda:

S15882/06

Norma:

Resolución de 18 de mayo de 2006. Resolución de 27 de octubre de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/07/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las normas para la presentación, selección y subvención, en régimen de concurrencia competitiva, de proyectos dinamizadores de las áreas rurales de Galicia, que se promuevan con el objetivo último de potenciar el desarrollo equilibrado del territorio y de favorecer la generación de actividad e incrementar el nivel de renta de la población.

Categorías Subvención

  • Desarrollo Rural
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Agencia Gallega de Desarrollo Rural (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se incrementar el crédito destinado a las subvenciones a proyectos dinamizadores de las áreas rurales de Galicia, convocadas para el período 2006-2007 por la Resolución de 18 de mayo de 2006, en 150.000 euros
en la anualidad 2007.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

a) Personas físicas.
b) Sociedades mercantiles, sociedades agrarias de transformación, cooperativas, sociedades laborales y otras entidades societarias con personalidad jurídica propia previstas en la legislación vigente.
c) Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro.
d) Centros especiales de empleo, creados al amparo de la normativa sobre integración social de minusválidos.

También se considerarán como beneficiarios los miembros asociados del beneficiario que se comprometan a efectuar, en nombre y por cuenta de éste, la totalidad o parte de las actividades que fundamenten la concesión de la subvención.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán subvencionarse proyectos de naturaleza productiva y no productiva.

Serán subvencionables los siguientes gastos:
-Adquisición de terrenos necesarios para la implantación del proyecto, hasta un 10% de la inversión subvencionable.
-Adquisición de inmuebles, hasta el 25% de la inversión subvencionable.
-Urbanización, acometidas y obras exteriores necesarias para el proyecto.
-Obra civil.
-Bienes de equipo.
-Gastos generales: trabajos y estudios de planificación, ingeniería del proyecto, dirección facultativa del proyecto y adquisición de patentes y licencias, hasta un 12% de la inversión subvencionable.
-Gastos de asesoría jurídica y financiera, notariales, registrales y periciales necesarios para la realización del proyecto.
-Gastos de consultoría y asistencia técnica, en el caso de proyectos no productivos.
-Elementos de transporte imprescindibles para la realización de la actividad.
-IVA y otros impuestos o gravámenes cuando no sean recuperables, reembolsables o compensables por algún medio.

Documentos asociados

Boletín: 25/05/2006
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 99
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006-07 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 08/11/2006
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 215
Documento: Incremento del crédito Descargar Documento