Subvenciones a los programas de Escuelas Taller, Casas de Oficios,Talleres de Empleo y Unidades de Promoción y Desarrollo, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Código de ayuda:

S46591/06

Norma:

ORDEN de 2 de noviembre de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 23/12/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Por la presente Orden se convocan, mediante tramitación anticipada, las subvenciones previstas en el Decreto de 25/2002, de 11 de marzo, modificado por Decreto 110/2002, de 23 de julio y por Decreto 180/2005, de 26 de julio, por el que se regulan los programas de Escuelas Taller, Casas de Oficios, Talleres de Empleo y Unidades de Promoción y Desarrollo y se establece el procedimiento para la concesión de subvenciones para dichos programas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

La presente Orden es de tramitación anticipada, realizándose en el ejercicio 2006 la convocatoria e instrucción del procedimiento de concesión de las ayudas, para su posterior desarrollo en el ejercicio 2007 y siguiente, por lo que quedará subordinada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en dicho año y posteriores.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Economía y Trabajo (Extremadura)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Para la presente convocatoria podrán presentar solicitudes de subvención las siguientes entidades:

– Las Entidades Locales, sus Organismos Autónomos y Entidades con competencia en materia de promoción de empleo, dependientes o asimiladas a las mismas, cuya titularidad corresponda íntegramente
a dichas Entidades Locales.
– Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro.

Requisitos:

Las actuaciones asociadas a proyectos acogidos a la presente Convocatoria, se iniciarán, en todo caso, antes del 31 de marzo de 2007.
El incumplimiento de dicho plazo de inicio supondrá un incumplimiento de las condiciones de la subvención y podrá dar lugar al inicio del procedimiento de reintegro correspondiente.

Documentos asociados

Boletín: 23/11/2006
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 137
Documento: Convocatoria Descargar Documento