Subvenciones a los perceptores de la prestación de desempleo en su modalidad de pago único.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S29691/13

Norma:

Resolución de 16 de julio de 2013. Resolución de 22 de julio de 2013. Resolución de 29 de julio de 2013. Resolución de 24 de marzo de 2014. Resolución de 3 de marzo de 2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/09/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria y la apertura del plazo de presentación de solicitudes de concesión de subvenciones de abono de cuotas a la Seguridad Social a los perceptores de la prestación por desempleo en la modalidad de pago único.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo
  • Juventud
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Empleo, Industria y Turismo (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Esta subvención consistirá en el abono del 50 por 100 de la cuota al régimen correspondiente de la Seguridad Social como trabajador autónomo, calculada sobre la base mínima de cotización, o el 100 por 100 de la aportación del trabajador en las cotizaciones al correspondiente régimen de la Seguridad Social durante el tiempo que se hubiera percibido la prestación por desempleo de no haberse percibido en su modalidad de pago único.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los trabajadores perceptores de la totalidad de la prestación por desempleo, en su modalidad de Pago Único, que se incorporen como socios trabajadores o de trabajo en Cooperativas o Sociedades Laborales aunque hayan mantenido un vínculo contractual previo con dichas sociedades, independientemente de su duración, o los que pretendan constituirse como trabajadores autónomos y se trate de personas con minusvalías igual o superior al 33%, o bien cuando sean hombres jóvenes menores de 30 años de edad o mujeres jóvenes menores de 35 años, considerándose la edad en la fecha de la solicitud de abono de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El abono de cuotas a la Seguridad Social a los perceptores de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único a realizar en el Principado de Asturias.

Requisitos:

a) Haber percibido la totalidad de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único.

b) Haberse constituido de forma estable y a tiempo completo como socios trabajadores o de trabajo en cooperativas o sociedades laborales aunque hayan mantenido un vínculo contractual, previo con dichas sociedades, independientemente de su duración, o los que pretendan constituirse como trabajadores autónomos y se trate de personas con minusvalías igual o superior al 33%, o bien cuándo se trate de hombres jóvenes menores de 30 años de edad o mujeres jóvenes menores de 35 años, considerándose la edad en la fecha de la solicitud de abono de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único.

c) Haber iniciado la actividad dentro del mes siguiente a la percepción de la prestación de pago único o encontrarse en fase de iniciación.

d) Estar dado de alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social.

e) No estar incurso en alguna de las prohibiciones recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y no ser deudor del Principado de Asturias por deudas vencidas, líquidas y exigibles.

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