Subvenciones a los municipios de Galicia de menos de 10.000 habitantes para el desarrollo de actividades deportivas en el año 2009, y se procede a su convocatoria.
Código de ayuda:
S22782/09Norma:
Orden de 13 de marzo de 2009.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 25/04/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras de concesión de subvenciones y su convocatoria pública para el fomento de programas de actividades físico-deportivas que promueven los municipios de Galicia de menos de 10.000 habitantes que se lleven a cabo entre el 1 de enero y el 15 de octubre del año 2009.La concesión de las subvenciones a las que se refiere la presente orden se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, bajo los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad, eficacia y eficiencia.
Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Corporaciones Locales
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Cultura y Deporte (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La concesión de las ayudas previstas en esta orden será atendida con cargo a la aplicación 12.04.441A.460.0, de los presupuestos de la Comunidad Autónoma gallega para el año 2009, con un límite de 250.000 € (doscientos cincuenta mil euros). Este crédito podrá ser ampliado a la vista del número y relevancia de las solicitudes y siempre que exista crédito en la aplicación presupuestaria procedente de incrementos, según lo previsto en el artículo 31 de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia.En ningún caso el importe de la subvención será superior al 50% de los gastos necesarios para la realización del programa de actividades, que podrá contar, asimismo, con otras financiaciones de administraciones o entes públicos, sin que en ningún caso excedan la cuantía del 100% del coste de la actividad.
Las ayudas concedidas no excederán en ningún caso la cuantía de 8.000 euros y no serán inferiores a 1.000 euros. La comisión de valoración propondrá la denegación de aquellas solicitudes que, después de su valoración, no alcancen la cantidad de 1.000 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los municipios de Galicia que cuenten en el último padrón municipal con un número de habitantes inferior a 10.000 habitantes y, después de la presentación de la solicitud, resulten seleccionados según lo establecido en esta orden.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán actuaciones subvencionables los proyectos presentados que contemplen alguna de las siguientes líneas de actuación:a) Fomento de actividades deportivas dirigidas a la incorporación de la mujer en la actividad física.
b) Fomento de la actividad en la tercera edad.
c) Fomento de los deportes de integración.
d) Fomento del deporte tradicional.
e) Fomento de la actividad física para la salud.
Se considerarán gastos subvencionables los gastos corrientes que deriven de la realización del proyecto presentado, entre los cuales se incluyen:
- Alquiler de instalaciones deportivas.
- Gastos de transporte.
- Gastos de publicidad e imprenta.
-Material fungible inherente al desarrollo del proyecto.
Documentos asociados
Boletín:
25/03/2009
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 58
Documento: Bases, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 58
Documento: Bases, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento