Subvenciones a los entes locales para financiar los gastos derivados de la elaboración, la implementación y el desarrollo de políticas de mujeres.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S18646/15

Norma:

RESOLUCIÓN BSF/728/2015, de 13 de abril. RESOLUCIÓN BSF/756/2015, de 14 de abril.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 12 de mayo de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir la convocatoria para la concesión de subvenciones del Instituto Catalán de las Mujeres para los entes locales dentro del ejercicio 2015.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Formación
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Bienestar Social y Familia (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Supuesto A:

Entes locales de menos de 5.000 habitantes: hasta 2.500 euros.

Entes locales de 5.000 a 10.000 habitantes: hasta 3.500 euros.

Entes locales de 10.000 a 20.000 habitantes: hasta 4.000 euros.

Entes locales de más de 20.000 habitantes: hasta 4.500 euros.

Supuesto B1: hasta 2.500 euros.

Supuesto B2: hasta 3.000 euros.

Supuesto B3: hasta 1.000 euros.

Supuesto B4: hasta 3.000 euros.

Supuesto B5: hasta 4.000 euros.

Supuesto B5: hasta 2.500 euros.

Cuando los formularios de solicitud los presenten los consejos comarcales, los consorcios, las
mancomunidades o cualquier agrupación de municipios, se debe tener en cuenta, a efectos de estos límites, su media de población (media = población total/municipios).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los municipios, los consejos comarcales, los consorcios de carácter local, las entidades municipales descentralizadas y otras entidades supramunicipales situados en Cataluña, excepto las diputaciones provinciales, que elaboren un plan de políticas de mujeres o que implementen proyectos, programas o actuaciones incluidos en un plan de políticas de mujeres.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A. El diseño y elaboración de un plan de políticas de mujeres, que ha de aprobar el órgano de gobierno del ente local antes del plazo de justificación establecido en la convocatoria. Este plan ha de incluir un diagnóstico y especificar la vigencia, que ha de ser como mínimo de tres años. Los entes supramunicipales tendrán que incorporar el documento que acredite la relación de los municipios adheridos en su plan, certificado por el secretario o secretaria del ente.

B. La implementación de proyectos que incorporen la perspectiva de género y de las mujeres:

B1. Proyecto de conmemoración de días significativos: el 8 de marzo y el 25 de noviembre.

B2. Programación anual de actividades dirigidas a mujeres.

B3. Elaboración de materiales y acciones de sensibilización.

B4. Programas formativos de diferentes formatos dirigidos a mujeres.

B5. Proyectos de investigación vinculados con las mujeres del territorio.

B6. Programa de incorporación del trabajo transversal y de la perspectiva de género en el seno de la organización municipal o supramunicipal.

Requisitos:

a) Cumplir las obligaciones que establecen los artículos 32.1, 32.3, 33 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.

b) No incurrir en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, que le sean aplicables.

c) Cumplir la normativa vigente de integración de personas discapacitadas en materia de procesos de selección de personal.

d) Aquellos entes locales con una plantilla igual o superior a 25 personas, deben indicar los medios que utilizan, con el acuerdo de los agentes sociales, para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo, y de intervenir en sus centros de trabajo, de conformidad con lo que establece el artículo 29 de la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.

Documentos asociados

Boletín: 20/04/2015
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6854
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 22/04/2015
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6856
Documento: Convocatoria 2015. Descargar Documento