Subvenciones a los consejos deportivos de Cataluña para el desarrollo de los programasPlan catalán de deporte en la escuela (PCEE), Juegos deportivos escolares de Cataluña (JEEC) y de otros programas de promoción de la actividad física y deportiva.- Convocatoria 2013/2014.
Código de ayuda:
S05700/12Norma:
RESOLUCIÓN PRE/236/2012, de 13 de febrero. RESOLUCIÓN PRE/298/2012, de 21 de febrero. RESOLUCIÓN PRE/1821/2013, de 29 de agosto. RESOLUCIÓN PRE/2457/2013, de 19 de noviembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 27/12/2013Finalidad u objetivo de la ayuda:
Abrir la convocatoria pública anticipada para el año 2014 para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a los consejos deportivos de Cataluña para el desarrollo de los programas Plan catalán de deporte en la escuela (PCEE), Juegos deportivos escolares de Cataluña (JEEC) y de otros programas de promoción de la actividad física y deportiva correspondiente al curso 2013-2014.Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
- Corporaciones Locales
- Educación y Ciencia
Localización del organismo gestor
Cataluña
Convoca:
Consejo Catalán del Deporte (Cataluña)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los consejos deportivos de Cataluña debidamente inscritos en el Registro de entidades deportivas de la Generalidad de Cataluña, y que cumplan los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Programa 1 Apoyo a la gestión de los consejos deportivos.Programa 2 Apoyo al desarrollo del Plan catalán de deporte en la escuela.
Programa 3 Apoyo al desarrollo de los Juegos deportivos escolares de Cataluña.
Programa 4 Apoyo al desarrollo y promoción de otros programas y actividades deportivas.
Requisitos:
a) Cumplir, en la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes, las obligaciones que establece el artículo 20.3 del Decreto 267/1990, de 8 de octubre, de regulación de los consejos deportivos.b) Dar publicidad de las remuneraciones que percibe el personal directivo de las entidades peticionarias en la memoria que se adjunta con sus estados contables, a los efectos de lo que prevé el artículo 90.bis.e) del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre.
Se entiende por personal directivo quien ejerce funciones ejecutivas y de administración.
c) Cumplir las obligaciones legales aplicables a los beneficiarios de las subvenciones, que tienen que acreditar de acuerdo con la base 6, así como cualquier otra obligación legal o reglamentaria que les pueda afectar.
Documentos asociados
Boletín:
21/02/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6071
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6071
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
28/02/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6076
Documento: Convocatoria 2011/2012. Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6076
Documento: Convocatoria 2011/2012. Descargar Documento
Boletín:
03/09/2013
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6452
Documento: Convocatoria 2012/2013. Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6452
Documento: Convocatoria 2012/2013. Descargar Documento
Boletín:
25/11/2013
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6508
Documento: Convocatoria 2013/2014. Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6508
Documento: Convocatoria 2013/2014. Descargar Documento