Subvenciones a los ayuntamientos para la eliminacion de pintadas y retirada de pancartas, fotos o carteles ofensivos o humillantes para las victimas del terrorismo o de exaltacion del terrorismo.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S22600/11

Norma:

ORDEN de 1 de abril de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/11/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular y convocar para el año 2011 la concesión de subvenciones a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Euskadi destinadas a sufragar los gastos derivados de la limpieza de pintadas y de la retirada de pancartas, fotos o carteles que entrañen bien descrédito, menosprecio, ofensa o humillación de las víctimas del terrorismo o sus familiares; bien exaltación del terrorismo u homenaje a los terroristas.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Interior (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Número de habitantes Cuantía máxima de subvención
Más de 50.000 40.000 euros
Entre 20.001 y 50.000 30.000 euros
Entre 5.000 y 20.000 20.000 euros
Menos de 5.000 10.000 euros

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los Ayuntamientos de los municipios de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.– Serán objeto de subvención las actuaciones de eliminación de pintadas, pancartas, fotos o carteles
siguientes:

– Las que insulten, amenacen o identifiquen de forma amenazante a alguna persona o grupo de personas.

– Las que apoyen, enaltezcan a, o sean firmadas por, alguna organización ilegalizada o terrorista.

– Las que apoyen o ensalcen a personas relacionadas con actividades terroristas.

2.– Dichas actuaciones se podrán realizar por los siguientes medios:

- Gastos directos de los Ayuntamientos para llevar a cabo la limpieza de pintadas o la retirada de
pancartas, fotos o carteles.

- Contratación de empresas o servicios especializados en las tareas anteriormente indicadas.

Requisitos:

No podrán concurrir a esta convocatoria las entidades que se encuentren sancionadas administrativa o
penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas, o se hallen incursas en prohibición legal alguna que les inhabilite para ello.

Documentos asociados

Boletín: 18/04/2011
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 75
Documento: Bases y convocatoria 2011. Descargar Documento