Subvenciones a los ayuntamientos gallegos para la mejora de los mercados municipales y plazas de abastos asi como de los espacios del comercio no sedentario, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder), en el marco del programa operativo Feder Galicia 2007-2013.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S03200/15

Norma:

ORDEN de 31 de diciembre de 2014. ORDEN de 12 de junio de 2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 23/02/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La mejora de los mercados municipales y plazas de abastos así como de los espacios del comercio no sedentario.

Categorías Subvención

  • Comercio
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Economía, Empleo e Industria (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) El porcentaje subvencionable alcanzará el 70 % de la inversión, con un máximo de 150.000,00 euros de subvención.

Esta subvención máxima se reducirá en un 50 % para aquellos proyectos a ejecutar en plazas de abastos que no tengan ocupados, al menos, la mitad de los puestos de venta dentro del inmueble.

Estas inversiones requieren la inclusión, por parte del ayuntamiento solicitante, de un proyecto para la realización de actuaciones de asesoramiento-formación dirigidas al «mentoring
» comercial, aumento de la rentabilidad del punto de venta con técnicas de «visual merchandising», colocación del producto y atención al cliente, con una subvención máxima
de 1.800,00 euros.

b) El porcentaje subvencionable alcanzará el 70 % de la inversión, con un máximo de 80.000,00 euros de subvención y será incompatible con la subvención recogida en el apartado a).

c) El porcentaje subvencionable alcanzará el 70 % de la inversión, con un máximo de 3.000 euros de subvención.

d) El porcentaje subvencionable alcanzará el 70 % de la inversión, con un máximo de 30.000,00 euros de subvención.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Galicia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Inversiones en mercados municipales y plazas de abastos, en ayuntamientos de hasta 70.000 habitantes.

Reparación, modernización y remodelación de la estructura física y de las instalaciones de uso comunitario; supresión de barreras arquitectónicas; mejora del consumo de recursos energéticos; adquisición e instalación de sistemas que posibiliten el reciclado y la eliminación de residuos, señalización y, en general, las acciones encaminadas a la promoción
y mejora de la calidad e imagen de este formato comercial. La señalización requerirá, en todo caso, aplicar el requisito del color de fondo de los puestos por categoría de productos.

Fondo azul para los puestos de venta de pescado. Fondo rojo para los puestos de venta de carne. Fondo verde para los puestos de venta de frutas y verduras. Fondo amarillo para los puestos de venta de lácteos, huevos y panadería.

b) Inversiones en peatonalización o semipeatonalización de plazas, calles y zonas peatonales
comerciales contiguas y limitadas al entorno inmediato con el edificio de la plaza de abastos, y que podrán incluir amueblamiento urbano, señalizaciones, rotulación comercial y aquellos complementos que estimulen e impulsen la actividad comercial.

Los proyectos que incluyan aparcamientos estarán limitados al entorno con el edificio de la plaza de abastos y presten servicio al mismo.

c) Actuaciones que tengan por finalidad conseguir la dinamización y regeneración de las plazas de abastos, dirigidas a la atracción de nuevos consumidores y a la promoción de las ventas.

Dichas actuaciones deberán presentarse dentro de un proyecto de incentivación al consumo, informado por la mesa local de comercio, y en el que se muestre la participación directa de los/las placeras/os y de sus asociaciones representativas y se refleje en el correspondiente acuerdo de la entidad asociativa, siempre y cuando esta última no solicitase u obtuviese una ayuda al amparo de la orden de la Consellería de Economía e Industria para la concesión de las subvenciones a las asociaciones de comerciantes sin fines de lucro para la dinamización de los centros comerciales abiertos y plazas de abastos de Galicia (IN 219A).

1. Equipamientos y material de uso comunitario para las/los placeras/os, en concreto, adquisición de equipamiento comercial específico y los bienes muebles especializados necesarios para un mejor ejercicio de la venta, así como para garantizar la seguridad del
inmueble del mercado municipal o plaza de abastos.

2. Dinamización comercial a desarrollar en las instalaciones propias de la plaza de abastos y en su caso a su publicitación a través de medios de comunicación locales e internet.

d) Inversiones para adecuación física o mejora de espacios destinados a mercados tradicionales
y ambulantes de apertura periódica, en ayuntamientos de hasta 20.000 habitantes.

No se consideran subvencionables los proyectos dirigidos a inversiones de infraestructura
viaria a ejecutar en las calles y plazas de pueblos y ciudades donde se celebren mercados
de apertura periódica.

Requisitos:

No podrán conseguir la condición de beneficiarios aquellos solicitantes en los cuales concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Documentos asociados

Boletín: 23/01/2015
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 15
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 29/01/2015
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 19
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 25/06/2015
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 118
Documento: Ampliación Presupuestaria Descargar Documento