Subvenciones a los ayuntamientos de Navarra que dispongan de una agrupación municipal de bomberos voluntarios y hayan firmado el convenio marco de colaboración con el Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, para contribuir a su funcionamiento durante el año 2019.

Código de ayuda:

S18919/19

Norma:

RESOLUCIÓN 33/2019, de 8 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 2 de mayo de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la convocatoria es regular las ayudas económicas con que la Dirección General de Interior contribuirá durante el año 2019 al funcionamiento de las agrupaciones municipales de bomberos voluntarios,
de acuerdo con lo acordado por las partes en el Convenio Marco suscrito con fecha 18 de mayo de 2016.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Dirección General de Interior (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los Ayuntamientos de Navarra que dispongan de una agrupación municipal de bomberos voluntarios y hayan suscrito el Convenio Marco de colaboración con Gobierno de Navarra en materia de Protección Civil.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se considera gasto subvencionable el necesario para el funcionamiento de las agrupaciones municipales de bomberos voluntarios y el mantenimiento de sus parques, equipos y vehículos y en concreto:

–Gastos corrientes de funcionamiento:

• Seguros de personas y vehículos de la agrupación municipal de bomberos voluntarios.

• Gastos de obtención de carnets para conducir vehículos especiales.

• Equipamiento personal.

• Recambio de material menor contra incendios.

• Agua y residuos, electricidad, gas.

• Telefonía móvil, telefonía fija, Internet.

• Pequeño material, material sanitario.

• Combustibles, recambios, reparaciones e ITVs de vehículos y otros equipos para intervención.

• Reparación de otros equipos y de las instalaciones.

• Reparación de edificios.

• Material fungible de oficina.

• Material fungible para intervenciones: espumógeno, sepiolita, desengrasante, etc.

• Formación del personal voluntario.

• Gastos producidos en maniobras e intervenciones.

• Alquiler (en sus diversas modalidades) de vehículos y equipos para intervención.

–Inversiones necesarias para la ejecución de los servicios que prestan a la ciudadanía:

• Obras en los edificios del parque que supongan una modificación del mismo, incluida la fachada, y sean motivo de proyecto técnico.

• Adquisición de material inventariable para emergencias y para el funcionamiento de la agrupación de bomberos voluntarios.

• Adquisiciones de vehículos, motores, embarcaciones y motobombas y otros equipos para intervención en emergencias.

En ningún caso el coste de adquisición podrá ser superior al valor de mercado.

–Quedan expresamente excluidos del objeto de la subvención los siguientes gastos:

• Aquellos que no correspondan a las necesidades del parque correspondiente.

• Gastos indeterminados.

• Comidas fuera de maniobras e intervenciones.

Documentos asociados

Boletín: 29/03/2019
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 61
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento