Subvenciones a los ayuntamientos de Navarra por la realización de actuaciones preventivas en la interfaz urbano-forestal contempladas en los Planes de Actuación Municipal ante el riesgo de incendios forestales durante 2025.

Código de ayuda:

S27673/25

Norma:

RESOLUCIÓN 11034E/2025, de 8 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 23 de octubre de 2025.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 4.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente convocatoria tiene por objeto establecer el régimen de concesión de la subvención dirigida a los ayuntamientos de Navarra por la realización las actuaciones preventivas previstas en los diferentes Planes de Actuación Municipal ante el riesgo de incendios forestales encaminadas a evitar el riesgo en la interfaz urbano-forestal durante 2025.

La finalidad de utilidad pública o social de la actividad subvencionada se fundamenta en la importancia de poner en marcha las medidas de autoprotección previstas en los Planes de Actuación Municipal ante el riesgo de incendios forestales elaborados por los municipios, con el fin de evitar el riesgo en los núcleos urbanos y edificaciones mediante actuaciones en la interfaz urbano-forestal según la zonificación establecida en los diferentes planes.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Dirección General de Interior (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención a conceder será la necesaria para financiar hasta un 80% del coste de las actuaciones descritas en la base 5, con un máximo por beneficiario de 4.000 euros, y hasta el límite de su consignación presupuestaria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Los ayuntamientos de Navarra.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables los siguientes gastos:

1. Los costes de ejecución de las actuaciones relacionadas, excepto en el caso de ejecución de los trabajos con recursos de los propios ayuntamientos o los trabajos realizados por los vecinos de la localidad sin relación contractual con la misma.

2. Los costes de los materiales y herramientas que se utilicen en las actuaciones descritas, siempre que se trate de materiales directos necesarios para la ejecución de la operación.

3. Los costes de retirada de los restos vegetales.

Requisitos:

Podrán ser beneficiarios los ayuntamientos de Navarra que cumplan los siguientes requisitos:

a) Estar incluido en la relación de municipios obligados a contar con un Plan de Actuación Municipal ante el Riesgo de Incendios Forestales (PAMIF), de acuerdo con lo establecido en el punto 3.2 del Plan Especial de Protección Civil de Emergencia por incendios forestales de la Comunidad Foral de Navarra (INFONA) aprobado por Acuerdo de Gobierno de Navarra de 30 de noviembre de 2022.

b) Disponer de un Plan de Actuación Municipal ante el Riesgo de Incendios Forestales (PAMIF) que cuente con el informe favorable del Servicio de Emergencias, Prevención y Protección Civil.

c) Cumplir con los requisitos generales que establece el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 25/09/2025
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 191
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento