Subvenciones a los ayuntamientos con una población inferior a 20.000 Habitantes para la ejecución de actuaciones de “Proyectos de mejora de abastecimiento y reducción de perdidas en redes de pequeños y medianos municipios”, en el marco del convenio celebrado entre la Región de Murcia y el Gobierno de España (M.R.R.).

Código de ayuda:

S26100/25

Norma:

Orden de 7 de agosto de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 19 de septiembre de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas a los ayuntamientos de municipios inferiores a 20.000 habitantes, para la ejecución de actuaciones de su competencia en materia de obras hidráulicas/infraestructuras hidráulicas o contempladas en convenios de colaboración con entidades locales, y en concreto para la materialización de actuaciones de mejora del abastecimiento y reducción de pérdidas en redes de pequeños y medianos municipios.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se establece una intensidad de la ayuda del 80% sobre el coste elegible del proyecto subvencionable. Por tanto, será necesaria la cofinanciación por parte de los ayuntamientos. En cualquier caso, la cuantía máxima de la ayuda no superará los 200.000,00 euros por solicitud, estableciéndose un máximo de dos solicitudes por ayuntamiento.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas pequeños y medianos ayuntamientos con población menor a 20.000 habitantes que se encuentren ubicados en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (según datos del último padrón publicado por el INE antes de la publicación de la convocatoria), y que cumplan con estas bases reguladoras. Y que si bien son capaces de prestar el servicio de abastecimiento, tienen limitaciones técnicas y económicas para mejorar y renovar sus redes de agua potable, traduciéndose en un envejecimiento de los sistemas, un incremento de las pérdidas de agua de la red y una reducción en la garantía de los suministros.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán gastos subvencionables aquellas inversiones en obras, instalaciones, dispositivos y equipos y que respondan de manera indubitada al cumplimiento de los objetivos señalados en el artículo 2 y, siempre y cuando, no estén incluidos entre los gastos no subvencionables indicados en el artículo 6 de las presentes bases. Podrán considerarse como gastos subvencionables, entre otras, las siguientes inversiones:

a) Instalaciones y equipos que eleven el rendimiento hidráulico de los sistemas de abastecimiento.

b) Instalación de dispositivos y tecnologías ahorradoras.

c) La mejora y renovación de redes de distribución de aguas en baja, depósitos y potabilizadoras.

d) Instalación de dispositivos de medición y control de los volúmenes de agua (colocación contadores individuales)

e) Automatización del sistema que permitan ahorro de volúmenes de agua.

f) Otras mejoras o sistemas para el tratamiento adicional del agua que justificadamente se consideren necesarios y tendentes al cumplimiento de los objetivos señalados en el artículo 2.

Documentos asociados

Boletín: 20/08/2025
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 191
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento
Boletín: 05/09/2025
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 205
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento