Subvenciones a los Programas de Escuelas Taller y Casas de Oficios y de Talleres de Empleo.

Código de ayuda:

S49773/05

Norma:

RESOLUCIÓN de 21 de septiembre de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/11/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo de proyectos de los programas de Escuelas Taller y Casas de Oficios y de Talleres de Empleo, en el ámbito exclusivo de gestión del Servicio Público de Empleo Estatal en la provincia de Vizcaya.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Formación

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Sevicio Público de Empleo Estatal en Vizcaya (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los proyectos de Escuelas Taller y Casas de Oficios podrán ser promovidos por las siguientes entidades sin
ánimo de lucro, que deberán ser competentes para la ejecución de las correspondientes obras o servicios y
disponer de la capacidad técnica y de gestión suficientes:
a) Órganos, organismos autónomos y otros entes públicos de la Administración General del Estado y de
las Comunidades Autónomas.
b) Entidades locales, sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia de promoción de empleo, dependientes o asimiladas a las mismas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades locales.
c) Consorcios.
d) Corporaciones y asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Escuelas Taller.
- Las Escuelas Taller son proyectos de carácter temporal en los que el aprendizaje y la cualificación se alternan con un trabajo productivo en actividades relacionadas con la recuperación o promoción del patrimonio artístico, histórico, cultural o natural; con la rehabilitación de entornos urbanos o del medio ambiente; la recuperación o creación de infraestructuras públicas, así como con cualquier otra actividad de utilidad pública o social que permita la inserción a través de la profesionalización y adquisición de experiencia de los participantes.
- Los proyectos de Escuelas Taller constarán de una primera etapa de carácter formativo de iniciación y otra etapa de formación en alternancia con el trabajo y la práctica profesional.
La duración de ambas etapas no será inferior a un año ni superior a dos, dividida en fases de seis meses.

Casas de Oficios.
- Las Casas de Oficios son proyectos de carácter temporal en los que el aprendizaje y la cualificación se alternan con un trabajo productivo en actividades relacionadas con el mantenimiento y cuidado de entornos urbanos, rurales o del medio ambiente, con la mejora de las condiciones de vida de pueblos y ciudades a través de la prestación de servicios sociales y comunitarios, así como con cualquier otra actividad de utilidad pública o social que permita la inserción a través de la profesionalización y adquisición de experiencia de los participantes.
- Los proyectos de Casas de Oficios constarán de una primera etapa formativa de iniciación y otra segunda de formación en alternancia con el trabajo y la práctica profesional.
Cada una de las etapas o fases tendrá una duración de seis meses.
La duración de las Casas de Oficios será, por tanto, de un año y una vez transcurrido dicho plazo se entenderán finalizados los proyectos de Casas de Oficios.

Documentos asociados

Boletín: 21/11/2001
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 279
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 01/04/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 78
Documento: Normativa Reguladora Descargar Documento
Boletín: 10/10/2005
BO Provincia de Vizcaya- Nº 193
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento