Subvenciones a los Programas de Escuelas Taller y Casas de Oficios y de Talleres de Empleo.
Código de ayuda:
S49773/05Norma:
RESOLUCIÓN de 21 de septiembre de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 10/11/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
La convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo de proyectos de los programas de Escuelas Taller y Casas de Oficios y de Talleres de Empleo, en el ámbito exclusivo de gestión del Servicio Público de Empleo Estatal en la provincia de Vizcaya.Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Formación
Localización del organismo gestor

Convoca:
Sevicio Público de Empleo Estatal en Vizcaya (País Vasco)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los proyectos de Escuelas Taller y Casas de Oficios podrán ser promovidos por las siguientes entidades sinánimo de lucro, que deberán ser competentes para la ejecución de las correspondientes obras o servicios y
disponer de la capacidad técnica y de gestión suficientes:
a) Órganos, organismos autónomos y otros entes públicos de la Administración General del Estado y de
las Comunidades Autónomas.
b) Entidades locales, sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia de promoción de empleo, dependientes o asimiladas a las mismas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades locales.
c) Consorcios.
d) Corporaciones y asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Escuelas Taller.- Las Escuelas Taller son proyectos de carácter temporal en los que el aprendizaje y la cualificación se alternan con un trabajo productivo en actividades relacionadas con la recuperación o promoción del patrimonio artístico, histórico, cultural o natural; con la rehabilitación de entornos urbanos o del medio ambiente; la recuperación o creación de infraestructuras públicas, así como con cualquier otra actividad de utilidad pública o social que permita la inserción a través de la profesionalización y adquisición de experiencia de los participantes.
- Los proyectos de Escuelas Taller constarán de una primera etapa de carácter formativo de iniciación y otra etapa de formación en alternancia con el trabajo y la práctica profesional.
La duración de ambas etapas no será inferior a un año ni superior a dos, dividida en fases de seis meses.
Casas de Oficios.
- Las Casas de Oficios son proyectos de carácter temporal en los que el aprendizaje y la cualificación se alternan con un trabajo productivo en actividades relacionadas con el mantenimiento y cuidado de entornos urbanos, rurales o del medio ambiente, con la mejora de las condiciones de vida de pueblos y ciudades a través de la prestación de servicios sociales y comunitarios, así como con cualquier otra actividad de utilidad pública o social que permita la inserción a través de la profesionalización y adquisición de experiencia de los participantes.
- Los proyectos de Casas de Oficios constarán de una primera etapa formativa de iniciación y otra segunda de formación en alternancia con el trabajo y la práctica profesional.
Cada una de las etapas o fases tendrá una duración de seis meses.
La duración de las Casas de Oficios será, por tanto, de un año y una vez transcurrido dicho plazo se entenderán finalizados los proyectos de Casas de Oficios.
Documentos asociados
Boletín:
21/11/2001
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 279
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
01/04/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 78
Documento: Normativa Reguladora Descargar Documento
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Boletín:
10/10/2005
BO Provincia de Vizcaya- Nº 193
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
BO Provincia de Vizcaya- Nº 193
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento