Subvenciones a los Centros autorizados de Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño - Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S44573/08

Norma:

ORDEN de 2 de mayo de 2008. ORDEN de 24 de marzo de 2009. ORDEN de 25 de junio de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/09/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente convocatoria la concesión de ayudas económicas para los centros autorizados de Enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño que podrán concurrir a las mismas en las condiciones y los términos siguientes:

– Los centros autorizados con anterioridad al inicio del curso escolar 2007- 2008 en las enseñanzas para las que están autorizados y que son complementarias a la oferta pública.

– Que no hayan recibido otras subvenciones del Departamento de Educación, Universidades e Investigación en el curso presente, 2009- 2010.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía que corresponderá a cada centro, en función de la partida presupuestaria disponible, se calculará a partir del número de horas impartidas en el centro, mediante la aplicación de criterios establecidos en los Baremos de la presente Orden, incluidos en el anexo I, procediéndose al prorrateo, entre los beneficiarios de la subvención, de la totalidad de la partida disponible para esta convocatoria.

La cuantía de cada ayuda no podrá superar en ningún caso el 100% del gasto subvencionable

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los centros autorizados de Enseñanzas profesionales Artes Plásticas y Diseño que durante el curso 2009- 2010 no hayan recibido otras subvenciones del Departamento de Educación, Universidades e Investigación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se considerarán gastos financiables las retribuciones brutas del personal docente de los centros participantes en la convocatoria.

Requisitos:

– Podrán ser beneficiarios quienes no se hallen incursos en alguna de las causas establecidas en el apartado 5 del artículo 50 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, modificado por la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres y que no se encuentren sancionados penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni se hallen incursos en prohibición legal alguna que los
inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación por razón de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la susodicha Ley.

– El/la peticionario/a deberá presentar certificados de la Tesorería de la Seguridad Social acreditativos de que el centro solicitante se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.

Documentos asociados

Boletín: 12/06/2008
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 111
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 14/05/2009
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 90
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 20/08/2010
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 160
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento