Subvenciones a los Ayuntamientos del Principado de Asturias para Agrupaciones Municipales de Voluntarios de Protección Civil en el ámbito del Principado de Asturias, correspondiente al año 2025.
Código de ayuda:
S26455/25Norma:
Resolución de 2 de septiembre de 2025. Resolución de 12 de julio de 2021.Plazo de Solicitud:
Hasta el 9 de octubre de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Las actuaciones subvencionadas están dirigidas a la adquisición, por parte de los Ayuntamientos, del equipamiento y/o material, definido en la base sexta, necesario para el desarrollo de la actividad de las AMVPC.Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor
Principado de AsturiasConvoca:
Consejería de Movilidad, Medio Ambiente y Gestión de Emergencias (Principado de Asturias)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Ayuntamientos del Principado de Asturias que cuenten con AMVPC que estén legalmente constituidas a la fecha de la publicación del extracto de la convocatoria de subvenciones en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y mantengan el requisito hasta la finalización del plazo de justificación del proyecto o actividad subvencionada.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán gastos subvencionables, teniendo en cuenta las diferentes circunstancias en las que desarrollan sus funciones las personas integrantes de las AMVPC, los derivados de la adquisición de uniformidad, los emblemas y distintivos incorporados al mismo, así como los derivados de la adquisición de equipos de prevención y de protección individual que han de utilizar en las actuaciones que supongan especial riesgo: incendios, inundaciones, retirada de nidos de avispas velutinas o cualesquiera otras que conlleven estar en contacto con determinadas sustancias peligrosas o nocivas y que por dicha razón determinen la necesidad de utilizar equipos de intervención que cumplan parámetros de visibilidad y seguridad suficientes.Cualesquiera de las prendas que se adquieran de las señaladas en el párrafo anterior deberán adaptarse al diseño, estética, características y demás condiciones técnicas establecidas en el anexo I de estas bases.
Documentos asociados
Boletín:
21/07/2021
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 140
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
11/09/2025
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 175
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 175
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
11/09/2025
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 175
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
