Subvenciones a los Ayuntamientos de las Illes Balears para la adaptación de los vehículos de la Policía Local.
Código de ayuda:
S54991/05Norma:
Resolución del Consejero de Interior de 22 de noviembre de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 06/12/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de la Resolución es convocar ayudes económicas dirigidas a los Ayuntamientos de las Illes Balears para adaptar la imagen corporativa de los vehículos de cuatro ruedas (coches, furgonetas, todo terrenos) de las policías locales a las disposiciones de la Orden del Consejero de Interior de 11 de enero de 2005, por la que se regulan las condiciones de uniformidad de las policías locales de las Illes Balears.Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Interior (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de la subvención otorgada para financiar el coste de la adaptación de los vehículos de cuatro ruedas será de un máximo de 1.400 euros por vehículo.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los beneficiarios de estas subvenciones son los Ayuntamientos de los municipios de las Illes Balears.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Adaptación de la imagen corporativa de los vehículos de cuatro ruedas (coches, furgonetas, todo terrenos) de las policías locales.Requisitos:
Pueden participar en esta convocatoria los Ayuntamientos que reúnan los siguientes requisitos:a) Tener Cuerpo de Policía Local o policías auxiliares.
b) Tener un mínimo de 1 vehículo (coche, furgoneta o todo terreno) destinado a uso exclusivo de la Policía Local adquirido antes de la fecha de publicación de la presente convocatoria, con independencia de la titularidad del vehículo (en propiedad, renting, leasing u otras).
c) Que el valor fiscal de cada vehículo para el cual se solicita la subvención sea igual o superior al doble de la cuantía indicada en el apartado 1 del punto sexto de esta Resolución y, en todo caso, que su fecha de matriculación sea igual o posterior a 1 de enero de 1999.
Que los vehículos no estén adaptados a las prescripciones sobre imagen y diseño corporativo de la Orden del Consejero de Interior de 11 de enero de 2005 mencionada.
Que los vehículos se hayan adquirido antes de día 18 de enero de 2005, fecha en que entró en vigor la nueva normativa en materia de uniformidad de las policías locales de las Illes Balears.
Que los vehículos para los que se solicita la subvención hayan realizado favorablemente el trámite de la Inspección Técnica de Vehículos, si procede.
g) Que los vehículos para los que se solicita la subvención figuren inscritos en el Registro General de datos de los miembros integrantes de los cuerpos de Policía Local, del resto de miembros que presten servicios de vigilancia y custodia y de los cuerpos de Policía Local de los Ayuntamientos de las Illes
Balears.
En el caso de que los Ayuntamientos no hayan realizado la actualización de los datos podrán hacerlo junto con la solicitud de subvención.
Documentos asociados
Boletín:
24/11/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 177
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 177
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento