Subvenciones a los Ayuntamientos de la Región de Murcia para colaborar en la adquisición de material destinado a la protección civil municipal.
Código de ayuda:
S29291/25Norma:
Orden de 14 de octubre de 2025. Orden de 4 de septiembre de 2025.Plazo de Solicitud:
Hasta el 30 de octubre de 2025.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 8.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
Se realiza la convocatoria de una subvención, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas a los ayuntamientos de la Región de Murcia para colaborar en la adquisición de material destinado a la protección civil municipal. La finalidad de estas ayudas es fomentar la prestación de un servicio público de protección civil municipal de calidad, entendiendo este, entre otros aspectos, como aquel que dispone de los recursos materiales necesarios para desarrollar con eficacia y profesionalidad los cometidos que le son propios, lo que permitirá una mejor y más rápida y ordenada respuesta ante los riegos o emergencias de protección civil que puedan producirse en el ámbito territorial de la Región de Murcia.Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Presidencia, Portavocía, Acción Exterior y Emergencias (Región de Murcia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía individualizada de la subvención a conceder a cada beneficiario será la señalada por estos en su solicitud, no podrá exceder de OCHO MIL EUROS (8.000 €), destinado a financiar la adquisición de material destinado a la protección civil municipal.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
Detalle beneficiarios:
Serán beneficiarios de las subvenciones reguladas en la presente orden los ayuntamientos de la Región de Murcia.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Será subvencionable la adquisición del siguiente material:- Vestuario y equipamiento de protección individual (EPI).
- Material para señalización y control del área de emergencia (chalecos
reflectantes, conos, balizas, señalización de zonas de riesgo).
- Botiquines de primeros auxilios.
- Herramientas básicas de rescate (palas, picos, sierras).
- Linternas, baterías recargables, focos, neveras.
- Altavoces portátiles y sistemas de megafonía.
Asimismo, podrá ser objeto de subvención, cualquier otro material no especificado expresamente en los apartados anteriores, siempre que su adquisición resulte adecuada para el cumplimiento de los objetivos de la subvención y cumpla los requisitos del apartado primero.
Requisitos:
Los beneficiarios deberán reunir los requisitos siguientes:a) No tener deudas tributarias en periodo ejecutivo de pago con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma, salvo que las mismas estén suspendidas o garantizadas.
b) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado.
c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
d) No estar incurso en ninguna de las circunstancias que, de conformidad con el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, impiden obtener la condición de beneficiario.
Documentos asociados
Boletín:
09/09/2025
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 208
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
16/10/2025
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 240
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
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