Subvenciones a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma del País Vasco, para la mejora de la información geográfica, realización de mapas municipales y su posterior difusión.

Código de ayuda:

S37300/18

Norma:

ORDEN de 21 junio de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 10 de septiembre de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente Orden establecer las bases reguladoras y convocar las subvenciones a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma del País Vasco destinadas a cubrir en todo caso los gastos derivados de la realización de un mapa digital del término municipal, que opcionalmente puede ser impreso en papel, que implique la recopilación, revisión y localización de todos los elementos que tradicionalmente se representan sobre un mapa topográfico, incluyendo además como mínimo la toponimia, el callejero y los servicios, instalaciones y elementos urbanos de interés público.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención en ningún caso tendrá un importe superior a 12.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán acceder, con arreglo a las condiciones, requisitos y procedimiento que se establecen en la presente Orden, a la condición de entidad beneficiaria de la subvención, los Ayuntamientos de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán financiables con cargo a las subvenciones que se concedan al amparo de la presente convocatoria, los gastos correspondientes a los honorarios de elaboración del mapa digital subvencionado, incluyendo los trabajos de recopilación y revisión de la información geográfica necesaria y su difusión en un visor de mapas en la web municipal. En aquellos casos en que, en aplicación de lo señalado en el siguiente apartado, la subvención concedida comprenda además la plasmación del mismo en papel, serán financiados también los gastos correspondientes a la impresión. A estos efectos las entidades beneficiarias podrán contratar la totalidad de los trabajos subvencionados.

Documentos asociados

Boletín: 12/07/2018
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 134
Documento: Bases, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento