Subvenciones a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Cantabria con destino a la adquisición de vehículos de protección civil y policía local.

Código de ayuda:

S06064/25

Norma:

Orden PRE/11/2025, de 11 de marzo. Orden PRE/20/2026, de 20 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 2 de abril de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiar, dentro de los límites de los créditos presupuestarios aprobados al efecto, los gastos que realicen los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Cantabria, para adquisición de vehículos para el uso por el voluntariado de Protección Civil en funciones del ámbito de protección civil y vehículos a motor con destino a los servicios policiales que cumplan con las características establecidas en el Decreto por el que se aprueban las Normas Marco de los Cuerpos de Policía Local de Cantabria.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación administrativa (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía individualizada de la subvención a otorgar a cada uno de los Ayuntamientos solicitantes, hasta la extinción del crédito total previsto anualmente, tendrá un límite máximo de 30.000€, seleccionando los beneficiarios conforme a los criterios de valoración establecidos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Cantabria. En ningún caso podrán adquirir la condición de beneficiarios quienes se hallaren en alguna de las circunstancias del artículo 12, apartados 2 y 3, de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Tipología 1: Automóviles.

b) Tipología 2: Vehículos todoterreno.

c) Tipología 3: Furgones-furgonetas.

d) Tipología 4: Zodiacs.

e) Tipología 5: Motocicletas de dos ruedas.

f) Tipología 6: Ciclomotores de dos, tres ruedas o cuatriciclos ligeros que no estén destinados a actividades relacionados con explotaciones agrícolas, ganaderas e industriales.

g) Tipología 7: Moto acuática equipada con camilla.

h) Tipología 8: Remolques para transporte de material de emergencias.

i) Tipología 9: Remolques de intervención rápida en incendios (prontosocorros).

Documentos asociados

Boletín: 18/03/2025
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 58
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Boletín: 27/02/2026
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 40
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