Subvenciones a las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los centros especiales de empleo.

Código de ayuda:

S53255/08

Norma:

Orden de 17-07-2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 25/08/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Conceder subvenciones para el fomento de las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional en el marco de los Servicios de Ajuste Personal y Social de los Centros Especiales de Empleo, en los términos que establece el Real Decreto 469/2006, de 21 de abril, que regula dichas unidades de apoyo.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Trabajo y Empleo (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las subvenciones establecidas en el Real Decreto 469/2006 y en esta Orden se destinarán a financiar costes laborales y de Seguridad Social derivados de la contratación indefinida de los trabajadores de las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional en los Centros Especiales de Empleo.
La cuantía de dichas subvenciones es de 1.200 euros anuales por cada trabajador con el tipo de discapacidad y grado de minusvalía indicados en el apartado 1 de la Disposición 3ª contratado por tiempo indefinido o mediante contrato temporal de duración igual o superior a seis meses.

La subvención de 1.200 euros se reducirá proporcionalmente en función de la duración de los contratos así como en función de la duración de la jornada, si el contrato es a tiempo parcial.

Estas subvenciones se concederán por periodos máximos de un año, previa solicitud por parte del Centro Especial de Empleo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas las Entidades titulares de los Centros Especiales de Empleo y dichos Centros, cuando tengan personalidad jurídica propia.

Requisitos:

a) Que figuren inscritos en el Registro Regional de Centros Especiales de Empleo de Castilla-La Mancha, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto 2273/1985, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de los Centros Especiales de Empleo.

b) Que formen parte de la plantilla de los Centros Especiales de Empleo trabajadores con el tipo de discapacidad y grado de minusvalía establecido en el apartado 1 de la Disposción 3ª de esta Orden.

c) Que cumplan los requisitos que se establecen en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

d) En caso de beneficiarios sujetos a la normativa de prevención de riesgos laborales, deben disponer de un plan de prevención de riesgos laborales, y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de subvención.

Documentos asociados

Boletín: 25/07/2008
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 154
Documento: Boletín Descargar Documento