Subvenciones a las pymes turísticas para potenciar la obtención y el mantenimiento de la certificación Q de calidad turística en 2018, en establecimientos turísticos de Navarra.- Convocatoria 2018.

Código de ayuda:

S16073/18

Norma:

RESOLUCIÓN 191E/2018, de 15 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 10 de mayo de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Estas bases reguladoras tienen por objeto regular el régimen de concesión de las subvenciones a las pymes turísticas para potenciar la obtención y el mantenimiento de la certificación Q de calidad turística en sus establecimientos, marca registrada por la Secretaría de Estado de Turismo y gestionada por el Instituto para la Calidad Turística Española (en adelante ICTE).

Categorías Subvención

  • Calidad
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Dirección General de Turismo y Comercio (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención consistirá en el 50% de los gastos subvencionables admitidos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán acceder a las subvenciones contempladas en la presente convocatoria las pequeñas y medianas empresas turísticas (en adelante pymes turísticas) que figuren inscritas en el Registro de Turismo de Navarra como titulares del establecimiento en el que se implanta la certificación en la fecha de presentación de la solicitud de la subvención.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La convocatoria acoge las acciones necesarias para la obtención y el mantenimiento de la certificación de la marca Q de Calidad Turística impulsada por el ICTE y, en concreto, se establecen los siguientes gastos
como subvencionables:

a) Cuota de adhesión a la marca.

b) Asistencia técnica de consultoría externa para la certificación inicial, 1.ª y 2.ª auditoría de seguimiento y 1.ª de renovación, en todo caso el tercer año tras la certificación inicial.

c) Auditoría externa para la certificación y auditorías de renovación o seguimiento.

d) Derecho de uso de la marca correspondiente al periodo de la convocatoria, es decir, el año 2018. No podrá presentarse solicitud por cuota de adhesión y cuota de derecho de uso de marca en la misma solicitud.

Documentos asociados

Boletín: 10/04/2018
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 68
Documento: Bases, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 10/04/2018
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 68
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento