Subvenciones a las personas juridicas titulares del recurso de conciliacion de la vida laboral y familiar denominado servicio de atencion a menores de tres años en el domicilio de las personas cuidadoras que han realizado la actividad durante el año 2011.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S19737/12

Norma:

ORDEN FORAL 212/2012, de 9 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/06/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer el régimen de concesión de subvenciones, para las actividades realizadas en el año 2011, a las personas jurídicas titulares del recurso de conciliación de la vida laboral y familiar denominado servicio de atención a menores de tres años en el domicilio de las personas cuidadoras.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Política Social, Igualdad, Deporte y Juventud. (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de la subvención no podrá superar el 50% del gasto subvencionable que conlleve la puesta en marcha y el funcionamiento del recurso.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades sin ánimo de lucro que tengan su domicilio social en la Comunidad Foral de Navarra y cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El funcionamiento del citado recurso a fin de conciliar la vida laboral y familiar.

Requisitos:

cumplan los siguientes requisitos:
Ser persona jurídica legalmente constituida e inscrita en el Registro de Servicios Sociales, dependiente del Departamento de Política Social, Igualdad, Deporte y Juventud, y en cualquier otro registro a que viniera
obligada la entidad por razón de su naturaleza jurídica.

Tener como fines institucionales expresos según sus propios estatutos, la realización de actividades relacionadas con la familia.

Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos, o en su defecto, haber llegado a un acuerdo con las citadas entidades para el pago aplazado o fraccionado.

Poseer estructura, medios materiales y personales suficientes para garantizar el cumplimiento de sus fines, y poder acreditar la experiencia y la capacidad operativa que resulte necesaria para el logro de los objetivos propuestos.

En concreto, además del personal cuidador deberán disponer de: Una persona coordinadora y responsable del servicio que desarrollará las siguientes funciones: gestión comercial, supervisión e inspección de los hogares, coordinación con la Administración y otras entidades, atención a las familias, gestión del personal y seguimiento pedagógico de los menores.

Personal volante que garantice la cobertura del servicio en caso de bajas, vacaciones y sustituciones puntuales de las personas cuidadoras.

Plan de actuación con los niños/as ante una emergencia durante la prestación del servicio.

Plan de prevención de riesgos laborales.

Instrumento de gestión que recogerá la declaración de objetivos que guiará la intervención educativa.

En el caso de haber recibido con anterioridad subvenciones por parte de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra por el mismo objeto, deberán justificar que están al corriente en el cumplimiento de las obligaciones contenidas en las resoluciones de concesión de las mismas.

No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 30/05/2012
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 102
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento