Subvenciones a las personas juridicas titulares del recurso de conciliacion de la vida laboral y familiar denominado "Servicio de Atencion a menores de tres años en el domicilio de las Cuidadoras" durante 2009.

Código de ayuda:

S31746/09

Norma:

ORDEN FORAL 78/2009, de 2 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Plazo de Solicitud estará abierto todo el año.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer el régimen de concesión de subvenciones, para el año 2009, a las personas jurídicas titulares del recurso de conciliación de la vida laboral y familiar denominado “servicio de atención a menores de tres años en el domicilio de las cuidadoras”.

Mediante la concesión de las citadas subvenciones se persigue fomentar y promover la conciliación de la vida laboral y familiar.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deportes (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Entidades y Asociaciones que carezcan de ánimo de lucro y estén ubicadas en Navarra.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La Dirección General de Familia, Infancia y Consumo subvencionará el funcionamiento del citado recurso a fin de conciliar la vida laboral y familiar.

Requisitos:

A los efectos de la presente convocatoria, las Entidades y Asociaciones que carezcan de ánimo de lucro y estén ubicadas en Navarra, deberán cumplir los siguientes requisitos a la fecha de presentación de la solicitud:

a) Ser persona jurídica, legalmente constituida e inscrita en el Registro de Entidades, Servicios y Centros del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte del Gobierno de Navarra.

b) Carecer de fines de lucro.

c) Tener como fines institucionales expresos según sus propios estatutos, la realización de actividades relacionadas con la infancia y/o la familia.

d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral o sus Organismos Autónomos, o en su defecto, haber llegado a un acuerdo con las citadas entidades para el pago aplazado o fraccionado.

e) Poseer estructura, medios materiales y personales suficientes para garantizar el cumplimiento de sus fines, y poder acreditar la experiencia y la capacidad operativa que resulte necesaria para el logro de los objetivos propuestos.

En concreto, además del personal cuidador deberán disponer de:

–Una persona coordinadora y responsable del mismo que desarrollará las siguientes funciones: gestión comercial, supervisión e inspección de los hogares, coordinación con la Administración y otras entidades, atención a las familias, gestión del personal y seguimiento pedagógico de los menores.

–Personal volante que garantice la cobertura del servicio en caso de bajas, vacaciones y sustituciones puntuales de las cuidadoras.

–Plan de actuación con los niños/as ante una emergencia durante la prestación del servicio.

Documentos asociados

Boletín: 22/04/2009
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 48
Documento: Base Reguladora y Convocatoria 2009 Descargar Documento