Subvenciones a las personas juridicas titulares del recurso de conciliacion de la vida laboral y familiar denominado "Servicio de Atencion a menores de tres años en el domicilio de las Cuidadoras" durante 2009.
Código de ayuda:
S31746/09Norma:
ORDEN FORAL 78/2009, de 2 de marzo.Plazo de Solicitud:
Plazo de Solicitud estará abierto todo el año.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer el régimen de concesión de subvenciones, para el año 2009, a las personas jurídicas titulares del recurso de conciliación de la vida laboral y familiar denominado “servicio de atención a menores de tres años en el domicilio de las cuidadoras”.Mediante la concesión de las citadas subvenciones se persigue fomentar y promover la conciliación de la vida laboral y familiar.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deportes (Navarra)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las Entidades y Asociaciones que carezcan de ánimo de lucro y estén ubicadas en Navarra.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La Dirección General de Familia, Infancia y Consumo subvencionará el funcionamiento del citado recurso a fin de conciliar la vida laboral y familiar.Requisitos:
A los efectos de la presente convocatoria, las Entidades y Asociaciones que carezcan de ánimo de lucro y estén ubicadas en Navarra, deberán cumplir los siguientes requisitos a la fecha de presentación de la solicitud:a) Ser persona jurídica, legalmente constituida e inscrita en el Registro de Entidades, Servicios y Centros del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte del Gobierno de Navarra.
b) Carecer de fines de lucro.
c) Tener como fines institucionales expresos según sus propios estatutos, la realización de actividades relacionadas con la infancia y/o la familia.
d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral o sus Organismos Autónomos, o en su defecto, haber llegado a un acuerdo con las citadas entidades para el pago aplazado o fraccionado.
e) Poseer estructura, medios materiales y personales suficientes para garantizar el cumplimiento de sus fines, y poder acreditar la experiencia y la capacidad operativa que resulte necesaria para el logro de los objetivos propuestos.
En concreto, además del personal cuidador deberán disponer de:
–Una persona coordinadora y responsable del mismo que desarrollará las siguientes funciones: gestión comercial, supervisión e inspección de los hogares, coordinación con la Administración y otras entidades, atención a las familias, gestión del personal y seguimiento pedagógico de los menores.
–Personal volante que garantice la cobertura del servicio en caso de bajas, vacaciones y sustituciones puntuales de las cuidadoras.
–Plan de actuación con los niños/as ante una emergencia durante la prestación del servicio.
Documentos asociados
Boletín:
22/04/2009
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 48
Documento: Base Reguladora y Convocatoria 2009 Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 48
Documento: Base Reguladora y Convocatoria 2009 Descargar Documento