Subvenciones a las organizaciones sindicales con representación en la Comunitat Valenciana.
Código de ayuda:
S26028/25Norma:
RESOLUCIÓN de 2 de septiembre de 2025.Plazo de Solicitud:
A establecer en la correspondiente convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente resolución tiene por objeto establecer las bases reguladoras de subvenciones destinadas a las organizaciones sindicales con representación en la Comunitat Valenciana para la financiación de las gastos corrientes de la actividad sindical dirigida a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales de los trabajadores.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor

Convoca:
Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo (Comunidad Valenciana)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones que se regulan en las presentes bases las organizaciones sindicales constituidas de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, que hayan obtenido representación en las elecciones sindicales convocadas en el ámbito de la Comunitat Valenciana al amparo de lo dispuesto en el Reglamento de Elecciones a Órganos de Representación de los Trabajadores en la Empresa, aprobado por Real Decreto 1844/1994, de 9 de septiembre, en la Ley 9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación, determinación de condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas y en el Reglamento de elecciones a órganos de representación del personal al servicio de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 1846/1994, de 9 de septiembre.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Gastos de personal, incluyendo aquellas cantidades abonadas en concepto de seguros sociales y de Seguridad Social.b) Gastos de locomoción, manutención y estancia del personal propio de la entidad beneficiara, vinculados a la actividad sindical y con los límites establecidos en estas bases .
c) Gastos de arrendamiento de aquellos locales u oficinas pertenecientes a la organización.
d) Gastos comprendidos en los apartados de comunicaciones, servicios y suministros diversos de materiales consumibles, no inventariables, necesarios para la actividad sindical.
e) Gastos específicos derivados de la formación sindical.
f) Gastos referidos a la información y difusión de los fines sociales y sindicales de la organización, o campañas específicas.
g) Gastos de asesoramiento profesional y jurídico prestado a personas trabajadoras y asistencia técnica a la entidad beneficiaria.
h) Gastos correspondientes al informe del auditor, cuando la organización beneficiara esté obligada, u opte por este sistema de justificación.
i) Gastos correspondientes a tributos municipales, tales como el Impuesto de Bienes inmuebles, las tasas y contribuciones especiales de aquellos centros u oficinas pertenecientes a su organización, cuando la entidad beneficiaria de la subvención los abone efectivamente, y no sean susceptibles de recuperación o compensación.
Documentos asociados
Boletín:
04/09/2025
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10187
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10187
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