Subvenciones a las organizaciones sindicales con representación en la Comunitat Valenciana.

Código de ayuda:

S26028/25

Norma:

RESOLUCIÓN de 2 de septiembre de 2025.

Plazo de Solicitud:

A establecer en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente resolución tiene por objeto establecer las bases reguladoras de subvenciones destinadas a las organizaciones sindicales con representación en la Comunitat Valenciana para la financiación de las gastos corrientes de la actividad sindical dirigida a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales de los trabajadores.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones que se regulan en las presentes bases las organizaciones sindicales constituidas de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, que hayan obtenido representación en las elecciones sindicales convocadas en el ámbito de la Comunitat Valenciana al amparo de lo dispuesto en el Reglamento de Elecciones a Órganos de Representación de los Trabajadores en la Empresa, aprobado por Real Decreto 1844/1994, de 9 de septiembre, en la Ley 9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación, determinación de condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas y en el Reglamento de elecciones a órganos de representación del personal al servicio de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 1846/1994, de 9 de septiembre.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Gastos de personal, incluyendo aquellas cantidades abonadas en concepto de seguros sociales y de Seguridad Social.

b) Gastos de locomoción, manutención y estancia del personal propio de la entidad beneficiara, vinculados a la actividad sindical y con los límites establecidos en estas bases .

c) Gastos de arrendamiento de aquellos locales u oficinas pertenecientes a la organización.

d) Gastos comprendidos en los apartados de comunicaciones, servicios y suministros diversos de materiales consumibles, no inventariables, necesarios para la actividad sindical.

e) Gastos específicos derivados de la formación sindical.

f) Gastos referidos a la información y difusión de los fines sociales y sindicales de la organización, o campañas específicas.

g) Gastos de asesoramiento profesional y jurídico prestado a personas trabajadoras y asistencia técnica a la entidad beneficiaria.

h) Gastos correspondientes al informe del auditor, cuando la organización beneficiara esté obligada, u opte por este sistema de justificación.

i) Gastos correspondientes a tributos municipales, tales como el Impuesto de Bienes inmuebles, las tasas y contribuciones especiales de aquellos centros u oficinas pertenecientes a su organización, cuando la entidad beneficiaria de la subvención los abone efectivamente, y no sean susceptibles de recuperación o compensación.

Documentos asociados

Boletín: 04/09/2025
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10187
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento