Subvenciones a las organizaciones sindicales con representación en la Comunidad Autónoma de Euskadi.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S34691/17

Norma:

ORDEN de 28 de junio de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 11 de agosto de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente Orden establecer, para el ejercicio 2017, las bases reguladoras y la convocatoria de la concesión de subvenciones a las organizaciones sindicales con representación en la Comunidad Autónoma del País Vasco para la financiación de los gastos corrientes de la actividad sindical, así como de cuantos gastos sean necesarios para la organización y funcionamiento de las oficinas y servicios de los citados sindicatos.

Categorías Subvención

  • Otras
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Trabajo y Justicia (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en la presente Orden las organizaciones sindicales con representación en la Comunidad Autónoma del País Vasco al 31 de diciembre de 2016 y que proyecten realizar actividades durante el año 2017.

Requisitos:

1.– La representación de las organizaciones sindicales se acreditará mediante certificación expedida al efecto por la Oficina Pública de Elecciones Sindicales, que será incorporado al expediente por el propio órgano gestor de esta convocatoria, en la que constarán de forma expresa, los resultados de las elecciones sindicales registrados a fecha 31 de diciembre de 2016.

2.– No podrán concurrir a las subvenciones reguladas en esta ley las organizaciones sindicales en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, salvo que por la naturaleza de la subvención se exceptúe por su normativa reguladora.

Tampoco podrán concurrir aquellas que no hayan justificado con anterioridad las ayudas recibidas al amparo de convocatorias anteriores de la misma línea subvencional.

3.– Las solicitantes deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

4.– El cumplimiento de los anteriores requisitos por parte de las organizaciones solicitantes deberá acreditarse en el momento de la presentación de la solicitud.

Documentos asociados

Boletín: 11/07/2017
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 131
Documento: Bases y Convocatoria 2017 Descargar Documento