Subvenciones a las organizaciones profesionales agrarias y cooperativas agrarias de Cantabria por colaborar en la cumplimentacion de la solicitud unica del sistema integrado de ayudas.
Código de ayuda:
S61482/08Norma:
Orden DES/54/2008, de 8 de septiembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 20/10/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2008, de las subvenciones a conceder a las OPAS y Cooperativas agrarias, con la finalidad de auxiliar la colaboración que han prestado en la cumplimentación de la solicitud única contemplada en la Orden DES/6/2008, de 26 de febrero (BOC de 29 de febrero), por la que se convoca y regula la ayuda al pago único y otras ayudas financiadas por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y el Fondo Europeo de Desarrollo Rural (FEADER), incluidas en lasolicitud única para el año 2008.
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentacion . (Cantabria)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe máximo aprobado para la convocatoria de estas subvenciones, se prorrateará en proporción alnúmero de solicitudes realizadas y justificadas a razón de un máximo de 40 euros por solicitud única.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones recogidas en la presente Orden, las OPAS y CooperativasAgrarias de Cantabria legalmente constituidas. No podrán ser consideradas como beneficiarias las OPAS y
Cooperativas Agrarias en las que concurran algunas de las circunstancias recogidas en los apartados 2 y 3, del artículo 12, de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
Requisitos:
Los beneficiarios de las subvenciones estarán sujetos al cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en el artículo 14, de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.Los beneficiarios de estas ayudas estarán obligados a facilitar cuanta información relacionada con la subvención les sea requerida por la Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, el Tribunal de Cuentas u otros Órganos competentes, sin perjuicio de lo establecido en la normativa en materia de protección de datos.
Documentos asociados
Boletín:
19/09/2008
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 182
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 182
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento