Subvenciones a las organizaciones profesionales agrarias para actividades de interes agrario y se procede a su convocatoria para el año 2008.

Código de ayuda:

S26246/08

Norma:

Orden de 8 de abril de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/05/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta orden tiene por objeto aprobar las bases por las que se regirá la concesión de las subvenciones
que la Consellería del Medio Rural conceda con cargo a sus presupuestos a las organizaciones profesionales
agrarias para actividades de interés agrario.

Asimismo, por medio de esta orden se convoca dicha ayuda para el año 2008.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería del Medio Rural. (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Serán beneficiarias las organizaciones profesionales agrarias legalmente constituidas en Galicia y en
las que concurran las circunstancias previstas en esta orden, y no incurran en las circunstancias previstas
en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las subvenciones reguladas por estas bases tienen por objeto establecer el régimen de subvenciones
que conceda, en régimen de concurrencia competitiva, la Consellería del Medio Rural con cargo a sus
presupuestos a las organizaciones profesionales agrarias para actividades de interés agrario.

La finalidad de las ayudas concedidas al amparo de estas bases reguladoras es la realización de actividades
de representación y de formación de los asociados de las organizaciones profesionales agrarias con
implantación en Galicia y de los agricultores y agricultoras gallegos en general.

Serán objeto de subvención los costes derivados de las actividades que se relacionan a continuación,
que desarrollarán las organizaciones profesionales agrarias con implantación en Galicia:

a) Funciones y actuaciones que les son propias conforme a la normativa legal.
b) Funciones ordinarias de gestión interna de las organizaciones profesionales agrarias.
c) Representación ante las instituciones.
d) Participación en los órganos colegiados, comisiones, mesas sectoriales que, para la defensa de los
intereses de sus representantes, fueron constituidos por la Administración gallega.
e) Formación de los asociados y de sus familiares.
f) Impulso del asociacionismo agrario.

El IVA será subvencionable si concurren las circunstancias previstas en el artículo 31.9º de la Ley 38/2003, general de subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 14/04/2008
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 71
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Solicitud Descargar Documento