Subvenciones a las organizaciones profesionales agrarias más representativas, implantadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Código de ayuda:

S21873/18

Norma:

DECRETO 52/2018, de 2 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 28 de mayo de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El presente decreto tiene por objeto regular, la concesión directa de una subvención a las organizaciones profesionales agrarias que tengan el carácter de representativas, en proporción a la representación que les corresponda el Consejo Asesor Agrario y Rural de Extremadura.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

— ASAJA: 55,51 %: 277.550 €.

— UPA-UCE: 44,49 %: 222.450 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en el presente decreto, las organizaciones profesionales agrarias más representativas que hayan obtenido al menos, un quince por ciento de los votos válidos emitidos en el procedimiento electoral en toda la Comunidad Autónoma de Extremadura convocado por Decreto 210/2016, de 28 de diciembre, y celebrada el 12 de marzo de 2017 y cuyo ámbito de implantación se extienda a todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Mediante Resolución de 29 de marzo de 2017 de la Comisión Central del proceso electoral convocado por Decreto 210/2016, de 28 de diciembre, se publicaron los resultados definitivos del mismo (DOE n.º 64, lunes 3 de abril), resultando las organizaciones más representativas y por tanto beneficiarias las siguientes:

— ASAJA.

— UPA-UCE.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán gastos subvencionables los realizados por cada una de las organizaciones agrarias para su funcionamiento técnico y administrativo y que se realicen en el año 2018. En todo caso las ayudas concedidas deberán ser destinadas a sufragar los siguientes gastos de las entidades beneficiarias:

— Gastos de personal incluyendo aquellas cantidades abonadas en concepto de seguros sociales y de Seguridad Social.

— Gastos de arrendamientos e Impuesto de Bienes Inmuebles de aquellos centros u oficinas pertenecientes a su organización que estén radicados en la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como gastos de electricidad, agua, teléfono u otros gastos que tengan el carácter de funcionamiento técnico- administrativo de los mismos.

— Gastos de representación e interlocución ante organismos oficiales, certámenes oficiales y ferias oficiales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Documentos asociados

Boletín: 07/05/2018
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 87
Documento: Bases, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento