Subvenciones a las federaciones deportivas de Extremadura para el desarrollo de los Juegos Deportivos Extremeños y de los Juegos Extremeños del Deporte Especial durante la temporada 2016/2017.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S35991/16

Norma:

RESOLUCIÓN de 15 de julio de 2016. DECRETO 145/2016, de 6 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de septiembre de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El presente decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones a las Federaciones Deportivas Extremeñas para el desarrollo de las modalidades deportivas señaladas en la Resolución de 15 de julio de 2016 de la Directora General de Deportes por la que se establecen las pautas por las que han de regirse los Juegos Deportivos Extremeños, en su trigésimo quinta edición, y los Juegos Extremeños del Deporte Especial, en su trigésima tercera edición, en la Comunidad Autónoma de Extremadura durante la temporada 2016-2017 (DOE n.º 146 de 29 de julio de 2016).

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Educación y Empleo (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El coste total de este programa de subvenciones asciende a la cantidad de dos millones setecientos cuarenta y un mil trescientos (2.741.300 euros).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Entidades deportivas
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en el presente decreto las siguientes Federaciones Deportivas Extremeñas en relación con las Modalidades y Especialidades Deportivas que se indican:

— Federación Extremeña de Ajedrez (ajedrez y PROADES).

— Federación Extremeña de Atletismo (atletismo en pista; campo a través y PROADES).

— Federación Extremeña de Automovilismo (educación vial; karting y PROADES).

— Federación Extremeña de Bádminton (bádminton).

— Federación Extremeña de Baloncesto (baloncesto y PROADES).

— Federación Extremeña de Balonmano (balonmano, balonmano playa y PROADES).

— Federación Extremeña de Caza (PROADES).

— Federación Extremeña de Ciclismo (ciclismo BMX; ciclismo BTT; ciclismo adaptado: bici a mano H1 - H2 - H3 - H4; ciclismo adaptado: 1 - 2 - 3 - 4 - 5; ciclismo adaptado: tándem B; ciclismo adaptado: triciclo 1 – 2 y ciclismo en ruta).

— Federación Extremeña de Deportes para Personas con Discapacidad Física (baloncesto en silla de ruedas; hockey en silla de ruedas eléctrica; tenis en silla de ruedas; halterofilia adaptada y PROADES).

— Federación Extremeña de Deportes para Personas con Discapacidad Intelectual (ajedrez; atletismo; baloncesto; balonmano; balón tiro; campo a través; fútbol sala; gimnasia rítmica; natación; petanca; tenis de mesa, tracción de cuerda y tiro con arco).

— Federación Extremeña de Deportes para Personas con Parálisis Cerebral (ajedrez; atletismo; boccia; campo a través; ciclismo; damas; futbolín; hockey en silla de ruedas eléctrica; natación; petanca; slalom silla de ruedas; tenis de mesa, tiro con arco y PROADES).

— Federación Extremeña de Fútbol (fútbol; fútbol sala).

— Federación Extremeña de Gimnasia (gimnasia acrobática; gimnasia artística; gimnasia rítmica; gimnasia – trampolín y PROADES).

— Federación Extremeña de Golf (golf).

— Federación Extremeña de Hípica (doma clásica; saltos de obstáculos; equitación con ponis; paraecuestre).

— Federación Extremeña de Judo (judo; jiujitsu; judo adaptado y PROADES).

— Federación Extremeña de Kárate (kata; kumité).

— Federación Extremeña de Montaña y Escalada (carreras por montaña; escalada; senderismo; paraescalada DF – amputados de brazo/pierna/genérica; paraescalada DI; paraescalada DV – B1 – B2 – B3 y PROADES).

— Federación Extremeña de Natación (natación y PROADES).

— Federación Extremeña de Orientación (orientación; raid aventura y PROADES).

— Federación Extremeña de Pádel (pádel; pádel adaptado nivel I – II – III; pádel adaptado sillas de ruedas y PROADES).

— Federación Extremeña de Patinaje (patinaje; hockey).

— Federación Extremeña de Piragüismo (piragüismo y PROADES).

— Federación Extremeña de Rugby (rugby 7; rugby cinta).

— Federación Extremeña de Salvamento y Socorrismo (salvamento y socorrismo; aguas abiertas y PROADES).

— Federación Extremeña de Tenis (tenis y PROADES).

— Federación Extremeña de Tenis de Mesa (tenis de mesa; tenis de mesa adaptada).

— Federación Extremeña de Tiro con Arco (arco recurvo olímpico; arco compuesto; recorrido de bosque; recorrido de campo; arco tradicional; arco longbow, tiro con arco adaptado y PROADES).

— Federación Extremeña de Triatlón (acuatlón; triatlón; duatlón; paratriatlón y PROADES).

— Federación Extremeña de Vela (PROADES).

— Federación Extremeña de Voleibol (voleibol; voley playa y PROADES).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Serán subvencionables los gastos que, de modo indubitado, estén directamente relacionados y sean estrictamente necesarios para el desarrollo de los JUDEX y de los JEDES durante la temporada 2016/2017, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución de 15 de julio de 2016, de la Directora General de Deportes por la que se establecen las pautas por las que han de regirse los Juegos Deportivos Extremeños, en su trigésimo quinta edición, y los Juegos Extremeños del Deporte Especial, en su trigésima tercera edición, en la Comunidad Autónoma de Extremadura durante la temporada 2016-2017 (DOE n.º 146 de 29 de julio de 2016).

2. Se entenderá como actividad subvencionable la desarrollada entre el 1 de septiembre de 2016 y el 31 de agosto de 2017, para aquellas federaciones deportivas que hayan resultado beneficiarias de una subvención con cargo a las anualidades 2016 y 2017; para aquellas federaciones que resulten sólo beneficiarias de ayudas con cargo a la anualidad 2017, la actividad subvencionable deberá desarrollarse entre el 1 de enero de 2017 y el 31 de agosto de 2017.

Requisitos:

Las entidades beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) No hallarse incursas en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiario a que se refiere el apartado 2 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.

b) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y con la Hacienda Autonómica, así como de sus obligaciones con la Seguridad Social.

Documentos asociados

Boletín: 29/07/2016
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 146
Documento: Resolución de 15 de julio de 2016 Descargar Documento
Boletín: 15/09/2016
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 178
Documento: Bases, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento