Subvenciones a las familias trabajadoras con menores de hasta doce años de edad inclusive, para la conciliación de la vida laboral, personal y familiar en el Principado de Asturias.
Código de ayuda:
S15019/26Norma:
Orden PRDIT/3/2026, de 21 de mayo de 2026.Plazo de Solicitud:
A establecer en su respectiva convocatoria.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 400 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
Subvenciones que contribuyan a facilitar la conciliación de la vida laboral, personal y familiar de las personas con menores de hasta doce (12) años de edad, inclusive, a su cargo en el Principado de Asturias.Categorías Subvención
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor
Principado de AsturiasConvoca:
Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo (Principado de Asturias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la subvención a percibir por las unidades familiares beneficiarias, se fijará en la correspondiente convocatoria. En todo caso, la ayuda tendrá una cuantía máxima de hasta cuatrocientos (400) euros por cada persona menor a cargo de hasta doce (12) años de edad.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Integrantes de una unidad familiar, con menores a su cargo de hasta doce (12) años de edad, inclusive.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Los gastos ocasionados por la contratación de servicios de cuidado tales como guarderías, jardines de infancia, campamentos, convivencias, ludotecas, actividades extraescolares —incluidas las de refuerzo escolar— o cualquier otro servicio destinado al cuidado de menores que facilite la conciliación de la vida laboral, personal y familiar.b) Los gastos derivados de la contratación de servicios de cuidado a domicilio, así como los generados por la contratación laboral de personas empleadas del hogar dedicadas al cuidado de menores.
Requisitos:
a) Estar en situación de alta en el sistema de la Seguridad Social, ya sea en el Régimen General como persona trabajadora por cuenta ajena o en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, en la fecha de presentación de la solicitud.b) Tener unos ingresos anuales declarados por unidad familiar que no excedan de los límites señalados en el artículo 14 duodecies, apartado 2, del texto refundido de las disposiciones legales del Principado de Asturias en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 2/2014, de 22 de octubre, conforme al último ejercicio completo de la renta de las personas físicas, de acuerdo con la información de que disponga la Agencia Estatal Tributaria y que sea susceptible de ser cedida al Principado de Asturias.
c) Tener su residencia efectiva en el Principado de Asturias, estando empadronadas con anterioridad al 1 de enero del año de la respectiva convocatoria de ayudas y continuando al tiempo de la solicitud. Las personas menores de doce (12) años a su cargo deberán reunir también este requisito.
Este requisito no será exigido para las personas emigrantes retornadas, que cuenten con certificación expedida al efecto que acredite tal condición y se encuentren empadronadas en el Principado de Asturias a la fecha de la solicitud.
d) Incurrir en un gasto subvencionable desde el 1 de enero al 31 de diciembre del año de la respectiva convocatoria.
e) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no ser deudores de la Hacienda del Principado de Asturias por deudas vencidas, líquidas y exigibles, subvenciones solicitadas, así como las concedidas con la misma finalidad.
f) Haber justificado las ayudas concedidas con anterioridad por la Comunidad Autónoma.
g) No estar incursas en ninguna de las prohibiciones recogidas en el apartado 2 del artículo 13 LGS.
Documentos asociados
Boletín:
01/06/2026
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 103
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 103
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
