Subvenciones a las entidades privadas sin ánimo de lucro para la realización de programas de carácter sociosanitario.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S28973/15

Norma:

ORDEN de 1 de junio de 2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/07/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El desarrollo de programas de carácter sociosanitario. Dichos programas están destinados a la realización de actividades complementarias en el proceso de atención y rehabilitación de personas con especiales necesidades de atención sociosanitaria asociadas al alcoholismo, alcoholismo y otras adicciones sin sustancia, ludopatía, daño cerebral adquirido, enfermedades raras, trastorno del espectro autista y trastornos de la conducta alimentaria.

Su finalidad es aumentar la autonomía, paliar las posibles limitaciones y favorecer la rehabilitación e integración de las personas que componen dichos colectivos.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Sanidad (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Entidades sin ánimo de lucro que cumplan los requisitos establecidos.

Requisitos:

a) Ser una entidad privada sin ánimo de lucro cuyos fines estatutarios principales sean la realización de actividades de apoyo y ayuda al colectivo al que se dirigen los programas de atención sociosanitaria para los que se solicita subvención: alcohol, alcohol y otras adicciones sin sustancia, ludopatía, daño cerebral adquirido, enfermedades raras, trastorno del espectro autista y trastornos de la conducta alimentaria.

A estos efectos, se considerará enfermedad rara aquella que tiene una prevalencia menor de 5 casos por cada 10.000 habitantes en nuestra comunidad autónoma.

b) Estar legalmente constituidas, al menos con dos años de anterioridad respecto a la fecha de publicación de esta convocatoria, con la excepción de las federaciones recientemente constituidas que estén integradas mayoritariamente por asociaciones con una antigüedad superior a los dos años. Asimismo, deberán estar inscritas en el registro administrativo correspondiente.

c) Disponer de una sede central o delegación permanente en la Comunidad Autónoma de Galicia, entendiéndose como tal la presencia física y el domicilio social y comprometerse, asimismo, a desarrollar las actividades subvencionadas dentro de su territorio.

d) Tener un horario mínimo de atención al público de 20 horas semanales, destinadas a dar información y prestar ayuda de forma prioritaria a los colectivos afectados.

e) Disponer de estructura técnica y capacidad suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos propuestos en el programa presentado, así como experiencia operativa en la implementación del mismo.

En el desarrollo del programa participarán los/las técnicos/as y el personal adecuado necesarios, y la dirección y coordinación tendrá que llevarla a cabo un/una técnico/a con la titulación universitaria adecuada para el desarrollo de las actividades previstas, el cual será el responsable del mismo.

Documentos asociados

Boletín: 10/06/2015
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 108
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento