Subvenciones a las entidades privadas sin ánimo de lucro para la realización de programas de carácter sociosanitario.- Convocatoria 2015.
Código de ayuda:
S28973/15Norma:
ORDEN de 1 de junio de 2015.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 10/07/2015Finalidad u objetivo de la ayuda:
El desarrollo de programas de carácter sociosanitario. Dichos programas están destinados a la realización de actividades complementarias en el proceso de atención y rehabilitación de personas con especiales necesidades de atención sociosanitaria asociadas al alcoholismo, alcoholismo y otras adicciones sin sustancia, ludopatía, daño cerebral adquirido, enfermedades raras, trastorno del espectro autista y trastornos de la conducta alimentaria.Su finalidad es aumentar la autonomía, paliar las posibles limitaciones y favorecer la rehabilitación e integración de las personas que componen dichos colectivos.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Sanidad (Galicia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Entidades sin ánimo de lucro que cumplan los requisitos establecidos.Requisitos:
a) Ser una entidad privada sin ánimo de lucro cuyos fines estatutarios principales sean la realización de actividades de apoyo y ayuda al colectivo al que se dirigen los programas de atención sociosanitaria para los que se solicita subvención: alcohol, alcohol y otras adicciones sin sustancia, ludopatía, daño cerebral adquirido, enfermedades raras, trastorno del espectro autista y trastornos de la conducta alimentaria.A estos efectos, se considerará enfermedad rara aquella que tiene una prevalencia menor de 5 casos por cada 10.000 habitantes en nuestra comunidad autónoma.
b) Estar legalmente constituidas, al menos con dos años de anterioridad respecto a la fecha de publicación de esta convocatoria, con la excepción de las federaciones recientemente constituidas que estén integradas mayoritariamente por asociaciones con una antigüedad superior a los dos años. Asimismo, deberán estar inscritas en el registro administrativo correspondiente.
c) Disponer de una sede central o delegación permanente en la Comunidad Autónoma de Galicia, entendiéndose como tal la presencia física y el domicilio social y comprometerse, asimismo, a desarrollar las actividades subvencionadas dentro de su territorio.
d) Tener un horario mínimo de atención al público de 20 horas semanales, destinadas a dar información y prestar ayuda de forma prioritaria a los colectivos afectados.
e) Disponer de estructura técnica y capacidad suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos propuestos en el programa presentado, así como experiencia operativa en la implementación del mismo.
En el desarrollo del programa participarán los/las técnicos/as y el personal adecuado necesarios, y la dirección y coordinación tendrá que llevarla a cabo un/una técnico/a con la titulación universitaria adecuada para el desarrollo de las actividades previstas, el cual será el responsable del mismo.
Documentos asociados
Boletín:
10/06/2015
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 108
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 108
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento