Subvenciones a las entidades organizadoras de actividades feriales para mejorar la competitividad del sector ferial catalán.
Código de ayuda:
S31100/25Norma:
Orden EMT/186/2025, de 4 de noviembre.Plazo de Solicitud:
A establecer en la correspondiente convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de la presente Orden es regular la concesión de subvenciones a las entidades organizadoras deactividades feriales para mejorar la competitividad del sector catalán.
Categorías Subvención
Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor
CataluñaConvoca:
Departamento de Empresa y Trabajo (Cataluña)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Empresas (más de 250 empleados)
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
En todos los programas, las personas físicas que son trabajadoras autónomas, las microempresas y las pymes,las entidades sin ánimo de lucro, las administraciones públicas locales y los entes adscritos a administraciones públicas locales que organizan actividades feriales en Cataluña.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Programa 1. Estudios de estrategia, prospección e innovación en el ámbito de las actividades feriales: los gastos subvencionables de este programa serán los gastos externos de consultoría oservicios para la elaboración de los estudios.
Programa 2. Obtención de indicadores de impacto económico de las ferias: los gastos subvencionables de este programa serán los gastos de contratación de los trabajos técnicos de obtención, tratamiento y análisis de datos.
Programa 3. Implantación de soluciones tecnológicas para los retos organizativos y la mejora de la
experiencia de la persona visitante: los gastos subvencionables de este programa serán la contratación de empresas y software que atienda al objetivo del programa.
Programa 4. Realización de la primera edición de una actividad ferial: los gastos subvencionables de este programa serán los gastos derivados de la organización de la actividad ferial, incluidos los gastos de personal que ya presta servicios a la entidad organizadora.
Documentos asociados
Boletín:
10/11/2025
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9538
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9538
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