Subvenciones a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el apoyo a los centros de información a la mujer (CIM), de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, y se convocan para el año 2026.

Código de ayuda:

S16419/26

Norma:

ORDEN de 3 de junio de 2026.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 12 de julio de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva y tienen por objeto establecer las bases y convocar en el año 2026 las subvenciones a las entidades locales de Galicia, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, para el apoyo a los centros de información a la mujer (en adelante, CIM) acreditados según lo establecido en el Decreto 130/2016, de 15 de septiembre, por el que se establecen
los requisitos y el procedimiento para el reconocimiento y acreditación de los centros de información a la mujer de titularidad de las entidades locales de Galicia, así como para la modificación y extinción de su reconocimiento (código de procedimiento SI427B).

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Politica Social e Igualdad (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía total máxima de ayuda es de 52.000,00 euros, en caso de que se trate de una solicitud individual, y de 120.000,00 euros, en caso de que se trate de una solicitud para la gestión compartida o de una entidad resultante de una fusión de ayuntamientos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser entidades beneficiarias de las subvenciones previstas en esta orden los ayuntamientos, mediante solicitud individual o mediante solicitud conjunta de agrupación o asociación de ayuntamientos, las mancomunidades de ayuntamientos de Galicia y los consorcios locales de Galicia, constituidos exclusivamente por ayuntamientos, así como las entidades resultantes de una fusión municipal, siempre que reúnan los demás requisitos y condiciones establecidos en las bases reguladoras. Quedan excluidas del ámbito de aplicación de esta convocatoria las diputaciones provinciales.

Documentos asociados

Boletín: 12/06/2026
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 109
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
Boletín: 12/06/2026
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 109
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento