Subvenciones a las entidades locales de Galicia para la promoción del uso de la lengua gallega - Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S26100/10

Norma:

Resolucion de 16 de abril de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 22/05/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar la prestación de un servicio lingüístico en ayuntamientos o en agrupaciones de ayuntamientos con población igual o superior a 3.000 habitantes, así como a subvencionar la planificación y el desarrollo de programas de dinamización de la lengua gallega.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Cultura, Educación y Universidad (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias las entidades locales de Galicia.

En caso de agrupamientos de ayuntamientos para un proyecto común, las entidades integrantes nombrarán
un representante único que actuará como coordinador e interlocutor con la Secretaría General de
Política Lingüística y que será el receptor de asignación económica.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1) Subvención a la creación de un servicio lingüístico de un ayuntamiento.

2) Subvención a la creación de un servicio lingüístico de dos o más ayuntamientos agrupados.

3) Subvención al mantenimiento o reforzamiento de un servicio lingüístico de una entidad local (ayuntamiento o agrupamiento de ayuntamientos).

4) Subvención al desarrollo de dinamización lingüística de una entidad local carente de servicio lingüístico.

A los efectos de esta subvención se considera:

- Servicio lingüístico: departamento técnico insertado en la entidad local, dotado de recursos materiales y
humanos, que tiene las funciones de planificar, gestionar, ejecutar y evaluar medidas y acciones con el
objetivo de incrementar el uso de la lengua gallega en todos los ámbitos de actuación de la organización,
tanto internamente como externamente.

- Mantenimiento de un servicio: dotación de continuidad a un servicio lingüístico en funcionamiento en
la fecha de publicación de la presente convocatoria de subvenciones.

- Reforzamiento de un servicio: contratación de más personal técnico para el servicio lingüístico ya existente en la fecha de publicación de esta convocatoria.

- Creación de un servicio: contratación de personal técnico en entidades locales que en la fecha de publicación de la presente orden no estén dotadas de servicio lingüístico y, por lo tanto, no cuenten con personal contratado para este fin. Las entidades locales que en la presente orden de subvenciones soliciten ayuda para la creación de un servicio lingüístico no podrán acceder a otra ayuda para la creación de un servicio en las dos próximas convocatorias.

Documentos asociados

Boletín: 22/04/2010
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 75
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento