Subvenciones a las entidades firmantes de contrato-programa de Formación Profesional Ocupacional.
Código de ayuda:
S28000/04Norma:
Resolución de 18 de noviembre de 2004.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 05/01/2005Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Formación
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Trabajo y Formación (Islas Baleares)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las organizaciones sindicales y empresariales más representativas y los entes locales que tengan suscrito un contrato-programa, de acuerdo con los requisitos especificados en el capítulo III del título III del Decreto 11/2000, de 4 de febrero, y que se encuentren, con anterioridad al pago de la subvención, al corriente de sus obligaciones con la Hacienda de la Comunidad Autónoma, en los términos que establece la normativa sobre subvenciones.La programación solicitada irá dirigida a un mínimo de 14 alumnos, excepto las acciones a ejecutar en la isla de Formentera que deben contar con un mínimo de 8 alumnos.
Excepcionalmente se podrán aprobar actuaciones dirigidas a un número inferior de alumnos, en aquellos casos que estén debidamente justificados.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
A) Especializada: acciones que requieren especialización, entre otros, del profesorado, del material, los contenidos y las instalaciones.Cuantía según la duración de las acciones:
- De 20 a 50 horas: hasta 180,30 euros/hora.
- De más de 50 horas: hasta 150,25 euros/hora.
B) General: idiomas, informática, gestión básica, administración, oficinas, diseño, oficios y otras acciones no icluidas en otros grupos.
- De 20 a 50 horas: hasta 120,20 euros/hora.
- De más de 50 horas: hasta 90,15 euros/hora.
C) Investigación: acciones relacionadas con la formación de postgraduados y/o de directores o gerentes de empresas, que realicen tareas de investigación.
- Un máximo de 240,40 euros/hora.
D) Contínua especializada para sectores de actividades determinadas.
- Un máximo de 240,40 euros/hora.
Documentos asociados
Boletín:
16/12/2004
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 178
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 178
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
Boletín:
21/05/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 78
Documento: Modificación Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 78
Documento: Modificación Descargar Documento