Subvenciones a las empresas de insercion para la realizacion de acciones para la mejora del empleo y la insercion laboral de los colectivos en riesgo o situacion de exclusion social.- Convocatoria 2012.
Código de ayuda:
S40937/12Norma:
ORDEN EMO/348/2012, de 5 de noviembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 15/11/2012Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a lasempresas de inserción para la realización de acciones para la mejora del empleo y la inserción laboral de los colectivos en riesgo o situación de exclusión social mediante los programas desarrollados por el Servicio de Programas de Inserción Laboral de la Dirección General de Economía Social y Cooperativa y Trabajo Autónomo, y abrir convocatoria para el año 2012.
Categorías Subvención
Empleo
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Empresa y Empleo (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
- En el supuesto de que el/la técnico/a de acompañamiento a la inserciónasuma el seguimiento de un grupo de 8 a 15 trabajadores/as, la subvención consistirá en los costes salariales del contrato de trabajo a tiempo completo y de las otras gastos definidas en el artículo 16 relacionadas directamente con el ejercicio de sus funciones, con una cuantía máxima anual de 25.000 euros.
La cuantía máxima anual de la subvención se reducirá en el supuesto de que el/la técnico/a de acompañamiento a la inserción asuma el seguimiento de un grupo de 5 a 7 trabajadores/as, hasta 17.000 euros, y en el supuesto de que el/la técnico/a asuma un grupo de 2 a 4 trabajadores/as, hasta 11.800 euros.
- Por parte del/de la técnico/a de acompañamiento a la producción, en el supuesto de que asuma el seguimiento de un grupo de 8 a 15 trabajadores/as,
la subvención consistirá en los costes salariales del contrato de trabajo a tiempo completo y de los otros gastos definidas en el artículo 16 relacionadas directamente con el ejercicio de sus funciones, con una cuantía máxima anual de 21.000 euros.
La cuantía máxima anual de la subvención se reducirá en el supuesto de que el/la técnico/a de acompañamiento a la producción asuma el seguimiento de un grupo de 5 a 7 trabajadores/as, hasta 14.000 euros, y en el supuesto de que el/la técnico/a asuma un grupo de 2 a 4 trabajadores, hasta 9.500 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las empresas de inserción sociolaboral.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Programas de apoyo a las empresas 1 Apoyo al funcionamiento de las empresas de de inserción:1. Apoyo al funcionamiento de las empresas de inserción.
2. Incentivos a la contratación de personas en riesgo de exclusión por parte de las empresas de inserción.
Requisitos:
a) En el caso de empresas públicas o privadas con 50 trabajadores/as o más, dar empleo, al menos, a un 2% de trabajadores/as con discapacidad sobre el número total de trabajadores/as de la entidad, o bien aplicar las medidas alternativas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración de los disminuidos (BOE núm. 103, de 30.4.1982); el Real decreto 364/2005 , de 8 de abril (BOE núm. 94, de 20.4.2005), y el Decreto 246/2000, de 24 de julio (DOGC núm. 3196, de 2.2.2000).b) Cumplir las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalidad y las obligaciones ante la Seguridad Social.
c) Cumplir los requisitos que establecen los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística (DOGC núm. 2553, de 7.1.1998).
d) No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18.11.2003).
e) No haber sido sancionadas, en resolución firme en los últimos tres años, por la comisión de infracción grave en materia de integración laboral de personas con discapacidad, o muy grave en materia de relaciones laborales, o en materia de seguridad y salud en el trabajo en los últimos cinco años, de conformidad con el Texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social, aprobado por Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto (BOE núm. 189, de 8.8 .2000).
f) Disponer de un sistema de organización y de gestión de la prevención de
riesgos laborales, de acuerdo con la Ley 31/1995, de prevención de riesgos laborales (BOE núm. 269, de 11.10.1995); el Real decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios de prevención (BOE núm. 27, de 31.1.1997), así como de acuerdo con las modificaciones posteriores introducidas por la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales (BOE núm. 298, de 13.12.2003).
g) Indicar los medios que utilizan para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo y de intervenir en sus centros de trabajo, de acuerdo con la disposición adicional séptima de la Ley 5 / 2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista que añade un nuevo apartado 7.
h) Cumplir los requisitos específicos que se determinan en esta Orden para cada ayuda o subvención.
i) Cumplir cualquier otra obligación legal o reglamentaria que les pueda afectar.
j) Cumplir las obligaciones y no incurrir en los supuestos de prohibición establecidos en los artículos 90.bis y 92. bis del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, probado por el Decreto legislativo 3/2002.
k) Aceptar su inclusión en la lista de beneficiarios publicada de conformidad con el artículo 7 apartado 2, letra d) del Reglamento (CE) núm. 1828/2006 de la Comisión. La publicación podrá ser electrónica o por otros medios, e incluirá las operaciones y las cantidades del fondo públicos asignadas.
Documentos asociados
Boletín:
09/11/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6250
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6250
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento