Subvenciones a las distintas líneas de contratación de seguros agrarios combinados.

Código de ayuda:

S18600/06

Norma:

RESOLUCIÓN de 24 de mayo de 2006.

Plazo de Solicitud:

Durante todo 2006, quedando supeditado en cada caso a las fechas límites de suscripción de cada una de las líneas.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La Consejería de Medio Rural y Pesca del Principado de Asturias, concederá subvenciones al pago de las primas de los asegurados que suscriban seguros correspondientes a las líneas que se incluyan en el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el presente ejercicio, y cuyas pólizas cumplan la legislación vigente en materia de seguros privados en general, y de seguros agrarios combinados en especial.

Las ayudas convocadas en la presente resolución se destinan a minorar el coste de las pólizas de los seguros agrarios suscritas por los agricultores y ganaderos del Principado de Asturias.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Medio Rural y Pesca (Principado de Asturias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Los asegurados cuyas explotaciones se encuentren ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, que suscriban pólizas de las líneas incluidas en esta resolución y cumplan los requisitos que se exigen en la misma.

Tienen derecho a percibir esta subvención especial, tanto las declaraciones de seguro individuales como las aplicaciones a colectivos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La suscripción de seguros incluidos en el Plan de Seguros Agrarios Combinados correspondientes al ejercicio 2006 dentro de las condiciones reguladas por la Resolución de 19 de diciembre de 2005, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, así como las condiciones particulares establecidas en la presente resolución.

Requisitos:

La suscripción del seguro se realizará únicamente a través de las entidades aseguradoras autorizadas por el Ministerio de Economía y Hacienda e incluidas en la Agrupación Española de Entidades Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados, S.A. (Agroseguro), o a través de los agentes de seguros autorizados; todo ello en la forma legalmente establecida a tenor de la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, de Seguros Agrarios Combinados y demás normativa de aplicación.

Documentos asociados

Boletín: 14/06/2006
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 136
Documento: Regulación para 2006 Descargar Documento