Subvenciones a las centrales sindicales.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S21328/11Norma:
Orden de 31 de marzo de 2011.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 03/06/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
La convocatoria de las ayudas previstas en el artículo 4º del Decreto 106/1994, de 21 de abril, por el que se establece el régimen general de las ayudas y subvenciones en materia de ámbito laboral y mejora de las condiciones de trabajo que concederá la Consellería de Trabajo y Bienestar a las centrales sindicales con representación en la Comunidad Autónoma de Galicia, para el desarrollo de sus actividades durante elaño 2011, para la creación o mantenimiento de gabinetes de economía social y para gabinetes técnicos
de formación, y para planes de formación de cuadros y delegadas y delegados sindicales.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Empleo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Trabajo y Bienestar (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Se podrá hacer efectivo para los tres programas, previa solicitud y en concepto de anticipo, hasta el80% del total de la cuantía de la subvención, en el momento en que se tenga constancia de la aceptación
de la subvención concedida.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Programa I: las centrales sindicales con representación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.Programa II: las centrales sindicales con representación en la Comunidad Autónoma de Galicia según los resultados electorales referidos a 31 de diciembre de 2010.
Programa III: las centrales sindicales más representativas de esta comunidad autónoma de conformidad con lo establecido en el artículo 7º de la Ley 11/1985, de 2 de agosto, de libertad sindical, en virtud de la representatividad sindical referida a 31 de diciembre de 2010.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Programa I. Ayuda para el desarrollo de las actividades de las centrales sindicales durante el año 2011.Programa II. Ayuda a las centrales sindicales para la creación o mantenimiento de gabinetes de asesoramiento en materia de economía social.
Programa III. Ayuda para gabinetes técnicos de formación y para planes de formación de cuadros y
delegadas y delegados sindicales.
Requisitos:
No podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en este programa aquellas entidades queno cumplan los requisitos establecidos en el artículo 10º de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones
de Galicia.
Documentos asociados
Boletín:
14/04/2011
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 74
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 74
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento