Subvenciones a las asociaciones y organizaciones profesionales de enseñantes, y a otras entidades con personalidad juridica propia y sin finalidad de lucro directamente vinculadas al mundo de la enseñanza, para la realizacion de actividades de formacion permanente dirigidas al profesorado de nivel no universitario, y se abre la convocatoria publica para el curso 2006-2007.
Código de ayuda:
S30500/07Norma:
ORDEN EDU/64/2007, de 20 de marzo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 13/04/2007Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de estas bases es regular la concesión de subvenciones a las asociaciones y organizacionesprofesionales de enseñantes, y a otras entidades con personalidad jurídica propia y sin finalidad de lucro directamente vinculadas al mundo de la enseñanza, que organicen actividades de formación permanente dirigidas al profesorado de nivel no universitario.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Educación y Ciencia
Formación
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Educación y Universidades (Cataluña)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Pueden participar en esta convocatoria las asociaciones y organizaciones profesionales de enseñantes y otras entidades con personalidad jurídica propia y sin finalidad de lucro directamente vinculadas al mundo de la enseñanza.Quedan excluidas las entidades titulares de centros educativos.
Con respecto a las asociaciones y organizaciones profesionales de enseñantes, pueden pedir subvención para las diferentes modalidades de actividades descritas en el apartado a) de la base 2. Con respecto a las entidades con personalidad jurídica propia y sin finalidad de lucro directamente vinculadas al mundo de la
enseñanza, sólo podrán pedir subvención para la realización de jornadas, congresos, simposios o similares.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las actividades de formación para las que se puede solicitar ayuda tienen que tener las característicassiguientes:
a) Ser actividades de formación de alguna de estas modalidades: cursos, seminarios, grupos de trabajo, congresos, jornadas, simposios o similares.
También se podrán subvencionar conferencias, mesas redondas, debates e intercambios de experiencias siempre que no se lleven a cabo de manera aislada, sino que se engloben dentro de una actividad más amplia.
b) Ir dirigidas a profesorado de nivel no universitario de centros educativos de Cataluña.
c) Llevarse a cabo fuera del horario de permanencia del profesorado en el centro.
d) En los cursos y seminarios, tienen que participar un mínimo de 10 docentes en activo.
En los grupos de trabajo, un mínimo de 5 docentes en activo.
e) Ser complementarias a la oferta programada por el Departamento de Educación de acuerdo con los objetivos del Plan marco de formación permanente 2005-2010.
Documentos asociados
Boletín:
29/03/2007
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4852
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4852
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